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  • El Empleador reconoce relación laboral....

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #503119  por Tiziano
 
Hola..... tengo un cliente que se desempeñaba como vendedor de una empresa de productos alimenticios (EN NEGRO), ponía su propia movilidad.... verbalmente lo despide a los dos meses de trabajo, mi cliente le solicita que le informe por C/D - INSOLITAMENTE, el empleador RECONOCE La relación laboral Y LO DESPIDE MANIFESTÁNDOLE que podía hacerlo sin ninguna indemnización porque estaba en período de prueba OMITIENDO la importancia del alta temprana para tener la prerrogativa de tomar emplea dos a prueba, por consiguiente lo intimé por diferencias salariales que no fueron respetadas y por art 8 - 11 - 15 de la LNE. El tipo me contesta diciendo que es descabellado solicitar estos items cuando la ley es clara en el aspecto de que al no dar alta temprana el empleador desiste de la prerrogativa del período de prueba del empleado y se lo toma como contrato laboral por tiempo indeterminado en negro, con todo lo que ello conlleva.......
Pregunta ¿el régimen de viajantes o vendedores de comercio, tienen un régimen diferente al de la LCT o LNE?
Gracias.
 #503135  por marysol
 
Hola tiziano, deberias consultar el estatuto del viajante de comercio a ver que dice al respecto. Pero como es un estatuto abierto, entonces podes supletoriamente aplicar las normas de la LCT y LNE en aquellos casos en que haya silencio en el estatuto, de esa manera podras enmarcarlo y reclamar.
 #503138  por GU
 
Ojo, porque hay mucha jurisprudencia que establece que por mas que la relacion sea en negro, si es menor a 3 meses no hay indemnizacion. La 24013 no procede por no estar vigente la relacion.

Salutes!
 #503399  por marysol
 
tenes razon GU, no habia leido que solo llevaba 2 meses trabajando, no hay indemnizacion, y no procede la 24013, aunque si debe pagar los 15 dias de preaviso y el proporcional de sac y vng, porque reconocio la relacion laboral.

Saludos
 #503787  por DAL
 
Que no proceda la 24013 no es tan así y depende del texto de la intimación. Si el trabajador intimó no alegando la existencia de despido verbal, el despido queda consecuencia de la intimación a registrar.
El regimen es de viajantes, tiene una ley especial pero se aplica plenamente la LCT.