Hola colegas, tengo un cliente demandado por filiación extramatrimonial, se trabó la litis pero todavía no se realizaó la audiencia. Por vía incidental le reclamaron alimentos provisorios como medida cautelar y el juez la otorgó basado en que en la contestación de la demanda mi cliente admite conocer a la mujer y haberse encontrado con ella 2 o 3 veces y de esto dice el juez que "admite haber mantenido una relación concubinaria".- jamas habla en la contestación de encuentros íntimos o sexuales -. Yo le aconsejé apelar y en eso estamos. Me parece una barbaridad que se lo hayan otorgado por eso, creo que mínimamente debería el juez indagar si hubo o no sexo, ya que encontrarse con una mujer puede ser para hablar, tomar un café, conocerse, etc., pero de ninguna manera significa embarazarla. Esta relación que ve el juez es la que le da la posibilidad de que el demandado sea el padre y ello es suficiente para reemplazar la verosimilitud en el derecho requerida por cualquier cautelar.
Bueno, espero comentarios, opiniones y experiencias sobre este tipo de cautelares. Gracias
Bueno, espero comentarios, opiniones y experiencias sobre este tipo de cautelares. Gracias