Tengo una duda existencial, si bien este decreto aumenta el tope indemnizatorio de pago único en los accidentes de trabajo, necesito saber como se aplica: Ejemplo: mi cliente sufrió un accidente de trabajo en el mes de julio del año 2009, el decreto es de noviembre del año 2009, mi cliente recien tiene el alta médica en el mes de enero del 2010, el reclamo lo efectué en febrero del 2009 , le corresponde este aumento? o se tiene en cuenta el día que sufrio el accidente en el trabajo?
Ahora le quieren abonar $30.000 cuando el decreto lo aumento a $80.000.
Si alguien me saca la duda desde ya agradecida
Ahora le quieren abonar $30.000 cuando el decreto lo aumento a $80.000.
Si alguien me saca la duda desde ya agradecida
Sí, que no? ®