Un cliente me consulta: es indocumentado, su empleador le manifiesta que si no consigue los documentos para abril no podra asignarle un horario completo. Ese es un punto.
Saco turno en MIgraciones y le dieron para el 10 de junio. Punto 2.-
Mi pregunta: el indocumentado puede trabajar, no verdad? Ahora puede trabajar medio dia, en que ley dice eso?
Si tiene el comprobante de que esta hacuiendo el tramite le vale para mantener un empleo en el que ya tiene tres años en calidad de indocumentado?
Les agradezco cuanto puedan aportarme, no hago laboral, solo penales, pero mi colega que hace laborales no regresa hasta el 15 de marzo y esta consulta es urgente, porque la niña debe dar una respuesta. Atentamente, LIliana Sarda.-
Saco turno en MIgraciones y le dieron para el 10 de junio. Punto 2.-
Mi pregunta: el indocumentado puede trabajar, no verdad? Ahora puede trabajar medio dia, en que ley dice eso?
Si tiene el comprobante de que esta hacuiendo el tramite le vale para mantener un empleo en el que ya tiene tres años en calidad de indocumentado?
Les agradezco cuanto puedan aportarme, no hago laboral, solo penales, pero mi colega que hace laborales no regresa hasta el 15 de marzo y esta consulta es urgente, porque la niña debe dar una respuesta. Atentamente, LIliana Sarda.-