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  • indemnización art. 212 .

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #504202  por SIPOL82
 
Hola. El motivo de mi consulta es el siguiente. Una persona estaba en periodo de licencia por enfermedad sin goce de sueldo. Se le está está por terminar el año (ya presentó en el trabajo certificado médico para realizar tareas livianas) y la empresa contestó que careciendo de ese tipo de tareas está disponible la indemnización del art. 247. Ahora bien lo que quiero saber a los efectos del cálculo de la indemnización si los rubros preaviso, vacaciones, sac., se dividen por dos, o sólo el monto correspondiente a la antiguedad? Y con respecto a la remuneracion tomo la mas alta que cobró mientras gozaba de licencia por enfermedad paga o tomo la remuneracion al día de hoy? Le corresponde sac? Gracias!!!!!!!!
 #504214  por SIPOL82
 
Perdón . Otra pregunta. A los efectos del cálculo de la indemnización por antiguedad., computo el periodo en que estuvo en licencia por enfermedad sin goce de sueldo. En donde realizo el corte para computar la antiguedad hasta el mes en que recibió su remneracion en concepto de enfermedad paga?
 #504360  por DraSolcito
 
Lo único que se divide por dos es la indemnización del 245, según lo dispone el art. 247. El resto, se paga todo al 100%. En cuanto al tiempo que debe computarse, entiendo que es hasta finalizado el período de licencia por enfermedad con goce de sueldo, no así el período de reserva del puesto.

Ahora, vos vas por la empresa o por el trabajador? Si vas por el trabajador, yo cuestionaría el hecho de que la empresa no tenga tareas livianas para poder acceder al 245!
 #504462  por SIPOL82
 
Hola. Muchas gracias por la respuesta. Voy por el trabajador, pero mi cliente quiere saber primero cuanto le corresponde por el art. 247 de la LCT y ver, ya que necesita la plata ahora. Con respecto a la remuneraciòn tomo a la última que tuvo durante el periodo de licencia paga? o puedo computar lo que ganarìa hoy una persona con su mismo puesto, más que nada porque el año pasado hubo ciertos aumentos ( aunque por comercio, la mayorìa no remunerativos). Con respecto a las vacaciones, como estuvo enfermo no gozó de vacaciones durante el 2009, calculo esas vacaciones y por el periodo de reserva de puesto que fue un año , no le corresponden verdad? Gracias.
 #504474  por DraSolcito
 
Tenés que tomar la mejor remuneración devengada, no podés tomar una remuneración que nunca percibió.

Calculá las vacaciones 2008. Entiendo que por el período de reserva del puesto no le corresponden vacaciones.
 #504518  por SIPOL82
 
Perdón por tantas preguntas! Pero esta persona comenzò a gozar de la reserva de `puesto en marzo. Corresponde calcular el aguinaldo proporcional a marzo de 2009??? porque por el periodo de reserva de puesto no corresponde
 #504937  por SIPOL82
 
Ahora esta persona puede cobrar lo que le ofrece la empresA Y LUEGO RECLAMAR POR TELEGRAMA LA TOTALIDAD DE LA INDEMNIZACION ALEGANDO QUE SI TIENEN TAREAS LIVIANAS PARA OFRECERLE. GRACIAS!
 #505081  por SIPOL82
 
????????? o si o si tiene que contestar el teegrama en el que le ofrecen la indemnizacion reducida. Esta persona necesita urgente el dinero y quiere cobrar ya. El tema es si puede intimar a que abonen la diferencia alegando que si existen tareas?
 #505553  por DraSolcito
 
Perdón, Sipol, hoy no me pude conectar en todo el día. Tuve un día de locos...

Respondiendo a tu pregunta, podrá reclamar la diferencia dependiendo de como sea la extinción de la relación. Si le envían la CD de despido y cobra su liquidación, podrás luego accionar reclamando las diferencias. Ahora, si hacen un acuerdo frente a autoridad administrativa, autoridad judicial o escribano público, siempre se pone una claúsula que establece que no hay nada más por reclamar.
 #505822  por SIPOL82
 
Gracias por la respuesta. Claro el va a cobrar a la empresa, por eso pensé que despues se podìa intimar por la indemnizaciòn total, por art. 245 LCT, alegando que tienen tareas. Sé que si firman algo ante el seclo, es casi imposibe de recamar. Muchas gracias.