Hola, como estan todos? les comento que tengo un cliente que debe despedir un empleado, pero como invocar las condiciones del 247 se nos hace bastante complicado y por una cuestiòn de costos entendemos que es mejor despedir sin causa a la persona e indemnizarla como corresponde. El empleado esta en blanco, asique le haríamos la liquidaciòn de los haberes e indemnizaciones, entrega de las constancias de los aportes y contribuciones a la seguridad social y del certificado del art. 80, pero mi pregunta va a lo siguiente: Si bien no vamos a firmar un convenio quisiera plasmar esto por escrito para que el empleado lo firme al momento de retirar el dinero que le corresponde.
Sin perjuicio de que pueda tener patrocinio letrado y negociemos un convenio, qué debo tener en cuenta al momento de prepara el documento? Hay algo que no deba perder de vista? sin perjuicio de que se le indemnizará como corresponde nunca estamos exentos de un reclamo... Qué me conviene hacer? Hago una especie de convenio entre partes -sin patrocinio, como un contrato- y pido homologaciòn? o con un simple recibo diciendo que acepta el dinero y recibe la documentaciòn pertinente ya esta?
Sin perjuicio de que pueda tener patrocinio letrado y negociemos un convenio, qué debo tener en cuenta al momento de prepara el documento? Hay algo que no deba perder de vista? sin perjuicio de que se le indemnizará como corresponde nunca estamos exentos de un reclamo... Qué me conviene hacer? Hago una especie de convenio entre partes -sin patrocinio, como un contrato- y pido homologaciòn? o con un simple recibo diciendo que acepta el dinero y recibe la documentaciòn pertinente ya esta?