ESTIMADOS, SOY LETRADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA EN UN CONCURSO PREVENTIVO E INICIE UN INCIDENTE EN EL QUE SOLICITE LA APERTURA A PRUEBA. LA RESOLUCION ES ESTA:
En atención a la existencia de hechos susceptibles de comprobación, ábrase el presente incidente a prueba por el término de 20 días. Notifíquese.
Proveyendo la prueba ofrecida por la concursada:
INFORMATIVA: líbrese los oficios solicitados.
PERICIAL CONTABLE: Con arreglo a lo dispuesto por el art. 170 del R.J.C. desígnase Perito Contador a ...................xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ............................... número de orden:....x........, con domicilio en ......xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx..............................................., TE...................................-
Hágase saber al perito que deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado, y procederá a cumplir su cometido, dentro del plazo de 15 días, a partir de la fecha de aceptación del cargo, todo ello bajo apercibimiento de remoción.
El titular de los libros sobre los cuales recaiga la pericia, deberá poner a disposición del perito los libros y documentación contable en el plazo de 5 días de notificado, presentando escrito a tal efecto, que de cuenta del día, hora y lugar en que se procederá a su consulta y ello bajo apercibimiento de disponer lo que en derecho corresponda.
Cumplido, el perito podrá retirar las actuaciones por el término de 72 hs. siempre y cuando no mediaren audiencias por celebrarse.
Proveyendo la prueba ofrecida por la acreedora:
PERICIAL CONTABLE: estése a lo dispuesto respecto de la prueba ofrecida por la concursada.
Notifíquese.
LA PREGUNTA ES:
QUIEN NOTIFICA, QUIEN CONFECCIONA Y ENVIA LAS CEDULAS, EL JUZGADO O YO?
DEBO ESPERAR A QUE ME NOTIFIQUEN PARA PRESENTAR LOS OFICIOS Y PONER A DISPOSICION LOS LIBROS CONTABLES DE LA PERITO???
En atención a la existencia de hechos susceptibles de comprobación, ábrase el presente incidente a prueba por el término de 20 días. Notifíquese.
Proveyendo la prueba ofrecida por la concursada:
INFORMATIVA: líbrese los oficios solicitados.
PERICIAL CONTABLE: Con arreglo a lo dispuesto por el art. 170 del R.J.C. desígnase Perito Contador a ...................xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ............................... número de orden:....x........, con domicilio en ......xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx..............................................., TE...................................-
Hágase saber al perito que deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado, y procederá a cumplir su cometido, dentro del plazo de 15 días, a partir de la fecha de aceptación del cargo, todo ello bajo apercibimiento de remoción.
El titular de los libros sobre los cuales recaiga la pericia, deberá poner a disposición del perito los libros y documentación contable en el plazo de 5 días de notificado, presentando escrito a tal efecto, que de cuenta del día, hora y lugar en que se procederá a su consulta y ello bajo apercibimiento de disponer lo que en derecho corresponda.
Cumplido, el perito podrá retirar las actuaciones por el término de 72 hs. siempre y cuando no mediaren audiencias por celebrarse.
Proveyendo la prueba ofrecida por la acreedora:
PERICIAL CONTABLE: estése a lo dispuesto respecto de la prueba ofrecida por la concursada.
Notifíquese.
LA PREGUNTA ES:
QUIEN NOTIFICA, QUIEN CONFECCIONA Y ENVIA LAS CEDULAS, EL JUZGADO O YO?
DEBO ESPERAR A QUE ME NOTIFIQUEN PARA PRESENTAR LOS OFICIOS Y PONER A DISPOSICION LOS LIBROS CONTABLES DE LA PERITO???