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  • APERTURA A PRUEBA (QUIEN MANDA CEDULA?)

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 #505530  por libertador
 
ESTIMADOS, SOY LETRADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA EN UN CONCURSO PREVENTIVO E INICIE UN INCIDENTE EN EL QUE SOLICITE LA APERTURA A PRUEBA. LA RESOLUCION ES ESTA:

En atención a la existencia de hechos susceptibles de comprobación, ábrase el presente incidente a prueba por el término de 20 días. Notifíquese.

Proveyendo la prueba ofrecida por la concursada:

INFORMATIVA: líbrese los oficios solicitados.

PERICIAL CONTABLE: Con arreglo a lo dispuesto por el art. 170 del R.J.C. desígnase Perito Contador a ...................xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ............................... número de orden:....x........, con domicilio en ......xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx..............................................., TE...................................-

Hágase saber al perito que deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado, y procederá a cumplir su cometido, dentro del plazo de 15 días, a partir de la fecha de aceptación del cargo, todo ello bajo apercibimiento de remoción.

El titular de los libros sobre los cuales recaiga la pericia, deberá poner a disposición del perito los libros y documentación contable en el plazo de 5 días de notificado, presentando escrito a tal efecto, que de cuenta del día, hora y lugar en que se procederá a su consulta y ello bajo apercibimiento de disponer lo que en derecho corresponda.

Cumplido, el perito podrá retirar las actuaciones por el término de 72 hs. siempre y cuando no mediaren audiencias por celebrarse.

Proveyendo la prueba ofrecida por la acreedora:

PERICIAL CONTABLE: estése a lo dispuesto respecto de la prueba ofrecida por la concursada.

Notifíquese.


LA PREGUNTA ES:

QUIEN NOTIFICA, QUIEN CONFECCIONA Y ENVIA LAS CEDULAS, EL JUZGADO O YO?
DEBO ESPERAR A QUE ME NOTIFIQUEN PARA PRESENTAR LOS OFICIOS Y PONER A DISPOSICION LOS LIBROS CONTABLES DE LA PERITO???
 #505895  por chanchipo
 
hola, mira el interesado sos vos.
vos te notificas del auto de apertura al proximo dia de nota de la resolucion y ya podes presentar los oficios que pediste y hacer la cedula al perito y dejarla en el juzgado para que la diliguencie.