Hola como esta, les comento brevemente el caso.
mi clienta es maestra en Prov de bs as, hace 1 año tuvo un accidente in itinere. La art provincia le da el alta y no le da incapacidad.
Yo como el domicilio de esta es capital, voy a seclo, no arrreglamos, planteo demanda en capital con inconstitucionalidad y demas. como siempre hice.
Ahora me contestan la demanda LA PROVINCIA DE BS AS Y NO PROVINCIA ART, ya que poe un decreto 3858/2007 si mal no recuerdo esta asume las responsabilidades de Provincia ART y demas.
Y me plantea 3 excepciones:
1.- falta de legitimacion Activa, dado que segun ellos no puedo ir a juicio ya que debe ir por comision medica y demas, esta mas o menos se como contestarla.
2.- falta de legitimacion pasiva, ya que segun ellos no puedo demandar al estado provincial.... Pero mi demanda es a la art unicamente A PROVINCIA ART S.A. Pero por ese convenio entre ellas la representacion de esta la asume la Provincia de bs as por medio de la fiscalia de estado..... Alguien tiene idea que puedo contestar.... Para mi el convenio entre ellas dos no se puede oponer a mi cliente.
3.- Incompetencia, ya que segun su criterio debo demandar al estado provincial, por lo cual debo lititgar en provincia. Pero el tema es que yo demanda a la ART PROVINCIA S.A CON domicilio en capital..... Alguien tiene idea que responder ???
Ahora no recuerdo en que art dice que los temas referidos a las relaciones laborales tramitan por los tribubales o juzgados laborales, alguno recuerda????
si alguno tiene o le paso esto y me puede dar unos datos o jurisprudencia o demas.....
el plazo me vence el jueves. Viernes 2 primeras.
saludos.
mi clienta es maestra en Prov de bs as, hace 1 año tuvo un accidente in itinere. La art provincia le da el alta y no le da incapacidad.
Yo como el domicilio de esta es capital, voy a seclo, no arrreglamos, planteo demanda en capital con inconstitucionalidad y demas. como siempre hice.
Ahora me contestan la demanda LA PROVINCIA DE BS AS Y NO PROVINCIA ART, ya que poe un decreto 3858/2007 si mal no recuerdo esta asume las responsabilidades de Provincia ART y demas.
Y me plantea 3 excepciones:
1.- falta de legitimacion Activa, dado que segun ellos no puedo ir a juicio ya que debe ir por comision medica y demas, esta mas o menos se como contestarla.
2.- falta de legitimacion pasiva, ya que segun ellos no puedo demandar al estado provincial.... Pero mi demanda es a la art unicamente A PROVINCIA ART S.A. Pero por ese convenio entre ellas la representacion de esta la asume la Provincia de bs as por medio de la fiscalia de estado..... Alguien tiene idea que puedo contestar.... Para mi el convenio entre ellas dos no se puede oponer a mi cliente.
3.- Incompetencia, ya que segun su criterio debo demandar al estado provincial, por lo cual debo lititgar en provincia. Pero el tema es que yo demanda a la ART PROVINCIA S.A CON domicilio en capital..... Alguien tiene idea que responder ???
Ahora no recuerdo en que art dice que los temas referidos a las relaciones laborales tramitan por los tribubales o juzgados laborales, alguno recuerda????
si alguno tiene o le paso esto y me puede dar unos datos o jurisprudencia o demas.....
el plazo me vence el jueves. Viernes 2 primeras.
saludos.
Dr. Diego G. Villamayor
Abogado Cristiano
ISA 61.2 "Porque yo Jehova soy amante del derecho, aborrecedor del latrocinio......"
Abogado Cristiano
ISA 61.2 "Porque yo Jehova soy amante del derecho, aborrecedor del latrocinio......"