Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • periodos de carencia y registracion en osde ayuda

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #510671  por amorypaz
 
Hola a ver si me pueden ayudar con esto aunque ya lei en varios lugares temas referidos a lo que voy a preguntar no me termina de cerrar bien el tema... si yo me pase a osde (osea hago los tramites de traspaso de obra social sindical a osde) con lo cual mi trabajo en el cual estoy en relacion de dependencia me aporta una parte de la cuota y yo el resto y en osde segun me dijeron el traspaso tarda como maximo 3 meses o sea que en tres meses yo tendria osde, por otro lado a los pocos dias de que hago esto me entero que voy a ser papa y mi pareja no cuenta con obra social, por lo cual pretendo hacer una union civil (concubinato) y agregar la diferencia por ella en osde ni bien la tenga...
mi pregunta es la siguente la aceptan a ella? pueden no aceptarla por mas que no tenga abra social y sea mi concubina? y en el caso se que no se den cuenta que esta embarazada y yo no diga nada tampoco como es el tema del periodo de carencia de 10 meses en asistencia al parto en osde? por que ya que lei por ahi que es ilegal en obras sociales mas cuando las tenes como unicas los periodos de carencia pero me cubriria todo 100% del parto y demas estudios yo saque el plan 310 de osde por si el dato sirve.
desde ya les agraderia un monton que me puedan despejar las dudas o recomedarme que puedo hacer.
 #510904  por AbogadaLS
 
LO CONVENIENTE ES QUE SE ASESORE EN LA FILIAL DE OSDE QUE LE CORRESPONDA, PARA CONOCER SU SITUACION RESPECTO DEL PLAN 310.
PERO LE COMENTO QUE CUANDO EL CAMBIO ES POR O S SINDICAL LOS PERIODOS DE CARENCIA NO CORREN SI INCORPORA UN ADHERENTE (DEBE CONSULTAR LOS REQUISITOS PARA INCORPORAR LA CONCUBINA -CERTIFICADO DE CONVIVENCIA, SEGURO-). ADEMÁS, ES MUY IMPORTANTE COMUNICAR EL EMBARAZO POR LO BENEFICIOS QUE PUEDE TENER LA MADRE(PLAN MATERNO INFANTIL).
OTRA COSA, UNION CIVIL NO ES CONCUBINATO.
 #511231  por amorypaz
 
gracias por las repuestas o sea que osde me acepte a mi ya se que va a ser asi seguramente. el tema es que la acepte a ella esa es mi duda pero en el caso de que ella no tiene obra social y es mi concubina y yo pagase la diferencia la tendrian que aceptar y de ser asi le tendrian que cubrir el 100% del parto no?.
desde ya muchas gracias por sus repuestas me son muy utiles gracias de verdad