Hola colegas, a ver quien me da una manito!!!me llego un cliente que compro un auto en el mes de agosto, el continuo con el mismo seguro del titular anterior (su amigo) pues vencia en diciembre y le dio los papeles a un gestor para que le hiciera la transferencia del automotor y del seguro cambio de titularidad (cobrando el gestor la prima del seguro a mi cliente entregando recibo del mismo). El 15-12-09 se lo roban. La cia dice que al no haber relacion contractual ente el auto de su propiedad y la cia., ya que con fecha anterior a la sustraccion del auto se procedio a la transferencia de dominio a su favor, quedando extinta la cobertura por ausencia del interes asegurable.Pregunta: 1)¿la cia. tiene esa facultad de eximirse de pagar aunque solo se haya pedido el cambio de titularidad del rodado siendo este el mismo bajo identico riesgos a cubrir?. 2)Si la cia. se desentiende:¿le reclamaria en tal caso a la gestoria, daños y perjuicios, pues tengo unos recibos firmados por el gestor del cobro del seguro?. Gracias y saludos
conozco gente tan...pero tan pobre que lo unico que tiene es dinero...