Buenas Tardes Colegas, traigo un tema que me llego al estudio, del cual necesitaría alguna orientación.
Concurrieron 2 clientes con 2 Mascotas (caninos) extraviados por la misma Veterinaria de Cap Fed. en donde se comprometieron a brindarles pensionado canino en una guardería canina de su propiedad en la prov de bs as. ambos abonaron la estadia, y sucede que en el mismo mes se les "extravían" los dos animales en días diferentes.
Lleve el tema a Def Consumidor, no hubo acuerdo.
Ahora los clientes, que independientemente del resarcimiento económico, que prácticamente no les interesa, me piden que les realice una Denuncia Penal al titular del CUIT de la veterinaria (no es veterinario) y quien en la AFIP declara su actividad como "custodia y traslado de mascotas".
Me podrían guiar , primero si es viable....
- Por estafa no me cierra, si bien cobro una prestación por un servicio que brindo defectuosamente.
- Daño 183 CP?
- La vieja ley Sarmiento reemplazada por la 14346?
- Declaración Universal de los Derechos Animales adoptada por la ONU
Por otro lado encontré esto con relación al maltrato o crueldad, pero quería consultar que opinan con relación al extravío del caso:
EN CASO DE MALTRATO Y CRUELDAD CONTRA ANIMALES
Debes tener presente:
1. Es un delito penado por el Código Penal. Donde esta que no lo encuentro???????????? 183, 184, 206??
2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona.
3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o fiscalía.
DENUNCIAS POR MALTRATO
Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia :
1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del hecho.
2. El/la denunciante debe ser mayor de edad, (21 años), y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.
3. La denuncia puede hacerse verbalmente o por escrito, ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho. En caso de realizarse por escrito deberá ser firmada ante el funcionario que la recibe.
4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.
5. La denuncia debe formularse ante la Comisaría de la zona o la Fiscalía. LA POLICÍA TIENE LA OBLIGACIÓN DE TOMAR LA DENUNCIA: Ante una negtiva por parte del funcionario que lo/a atiende Ud. debe insistir que quiere hacer una denuncia penal. Tambien es muy importante que PIDA UNA COPIA FIRMADA DE DICHA DENUNCIA. Tambien es importante de poder aportar fotografías del estado de los animales como así tambien algun testigo del hecho.
----------------
Les agradezco sus opiniones
Concurrieron 2 clientes con 2 Mascotas (caninos) extraviados por la misma Veterinaria de Cap Fed. en donde se comprometieron a brindarles pensionado canino en una guardería canina de su propiedad en la prov de bs as. ambos abonaron la estadia, y sucede que en el mismo mes se les "extravían" los dos animales en días diferentes.
Lleve el tema a Def Consumidor, no hubo acuerdo.
Ahora los clientes, que independientemente del resarcimiento económico, que prácticamente no les interesa, me piden que les realice una Denuncia Penal al titular del CUIT de la veterinaria (no es veterinario) y quien en la AFIP declara su actividad como "custodia y traslado de mascotas".
Me podrían guiar , primero si es viable....
- Por estafa no me cierra, si bien cobro una prestación por un servicio que brindo defectuosamente.
- Daño 183 CP?
- La vieja ley Sarmiento reemplazada por la 14346?
- Declaración Universal de los Derechos Animales adoptada por la ONU
Por otro lado encontré esto con relación al maltrato o crueldad, pero quería consultar que opinan con relación al extravío del caso:
EN CASO DE MALTRATO Y CRUELDAD CONTRA ANIMALES
Debes tener presente:
1. Es un delito penado por el Código Penal. Donde esta que no lo encuentro???????????? 183, 184, 206??
2. Es un delito que tiene Acción Pública, es decir que puede ser denunciado por cualquier persona.
3. El hecho se puede denunciar ante la Policía o fiscalía.
DENUNCIAS POR MALTRATO
Pasos y requisitos necesarios para concretar una denuncia :
1. Las denuncias son personales, debe efectuarlas la persona que presencia el hecho y que es testigo del hecho.
2. El/la denunciante debe ser mayor de edad, (21 años), y acreditar su identidad con Documento Nacional de Identidad, Libreta de Enrolamiento o Cívica. Si es extranjero y no posee DNI, por medio de su Cédula de Identidad.
3. La denuncia puede hacerse verbalmente o por escrito, ante las autoridades del lugar en que ocurrió el hecho. En caso de realizarse por escrito deberá ser firmada ante el funcionario que la recibe.
4. La denuncia no exige mayores formalidades. Basta con describir los hechos considerados delictuosos, el lugar y tiempo en el que ocurren o han ocurrido y, si se lo conoce, el nombre, apodo, señas, y/o domicilio del culpable y cualquier otro dato de interés que pueda facilitar la investigación.
5. La denuncia debe formularse ante la Comisaría de la zona o la Fiscalía. LA POLICÍA TIENE LA OBLIGACIÓN DE TOMAR LA DENUNCIA: Ante una negtiva por parte del funcionario que lo/a atiende Ud. debe insistir que quiere hacer una denuncia penal. Tambien es muy importante que PIDA UNA COPIA FIRMADA DE DICHA DENUNCIA. Tambien es importante de poder aportar fotografías del estado de los animales como así tambien algun testigo del hecho.
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Les agradezco sus opiniones
No confundas mi personalidad con mi actitud. Mi personalidad es quien soy yo, y mi Actitud depende de quien seas vos