Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DESPIDO POR EMBARAZO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #516019  por andreaarena
 
HOLA ESTIMADOS COLEGAS... LES COMENTO EL CASO: UNA MUJER TRABAJABA COMO MAESTRA EN UNA INSTITUCION PRIVADA.. EL 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO CONTRAE MATRIMONIO... UN MES ANTES COMENTO LA SITUACION A LAS AUTORIDADES DEL COLEGIO, QUIENES LE PIDEN QUE HAGA CIERRE DE NOTAS Y ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN ANTES DE CASARSE... LA MUJER ENTREGA LAS NOTAS Y DEJA CONSTANCIA EN LOS LIBROS DEL COLEGIO QUE LO HACE PORQUE EL 11 DE DIC SE CASA... TRES DIAS ANTES DEL CASAMIENTO LA DESPIDEN SIN CAUSA... Y LE PAGAN LA INDEMNIZACION... ELLA ACEPTA EL DINERO Y HACE RESERVA DE INICIAR ACCIONES LEGALES... MI CONSULTA ES: QUE EXISTA CONSTANCIA EN LOS REGISTROS DEL COLEGIO SUPLE EL REQUISITO DE NOTIFICACION FEHACIENTE QUE ESTABLECE EL ART. 182 DE LA LCT??? YO ENTIENDO QUE LA BUENA FE DE LA MAESTRA QUEDA DEMOSTRADA CON EL HECHO DE DEJAR CONSTANCIA EN LOS LIBROS DEL COLEGIO, HAY JURIDPRUDENCIA AL RESPECTO????. GRACIAS!!!!
 #516022  por agentil
 
1º porqueque pones por embarazo? no vi nada que diga de embarazo. 2º si ella no notifico fehacientemente de que se casaba deberías pedir una medida preeeliminar y el secuentro del libro del coelgio para poder resguardar tu prueba, debido a que es una indemnización importate, es solo una idea ya que no tengo experiencia, saludos!!!
 #516037  por andreaarena
 
Agentil gracias por aclarar que equivocadment puse embarazo, en realidad es matrimonio, y gracias por tu comentario
 #516040  por DoctorJavier
 
coincido con la colega que te recomienda la prueba anticipada en relación al secuestro del libro.
 #516162  por Amorina
 
Tengo alguna jurisprudencia referida a la "notificación fehaciente" que señala que lo que es necesario acreditar es el efectivo conocimiento del empleador, no siendo necesario probar ello únicamente con un TCL. Ejemplo: mujer "evidentemente" embarazada que es despedida y que no había notificado formalmente pero que se probó que los empleadores no podían jamás desconocer el embarazo, que le regalaron un peluche para el bebé, etc.
Mujer que se iba a casar y que uno de los empleadores le compró un regalo en una casa de regalos de esas en las que se arman listas. Etc.
La prueba del libro de la escuela es IMPORTANTÍSIMA, estimo yo. Pedí medida anticipada de secuestro.
 #516937  por andreaarena
 
muchas gracias por sus respuestas!!!! si tenes a mano la jurisprudencia a la que haces referencia me la podrías pasar??? voy a buscar por mi cuenta a ver que encuentro... millones de gracias!!!
 #516944  por Amorina
 
1º) .- B) .- El segundo elemento o característica que lleva a la aplicación de la presunción es que se compruebe en la causa que la trabajadora puso en conocimiento ("notificar") su estado de gravidez al empleador y que en su caso lo haya acreditado en forma.------------------------------------------------------------------------ Existen dos corrientes doctrinarias jurisprudenciales sobre el punto. La de interpretación amplia, en la cual me incluyo, que entiende que en caso de comprobarse que el empleador tenía conocimiento pleno del estado de gravidez de la empleada, rige la presunción que de procederse a su despido - salvado el punto anterior -, el distracto obedeció a su estado y debe ser indemnizado por aplicación de los Arts. 178 y 182 de la LCT. La otra, restrictiva, exige que medie comunicación por medio fehaciente y presentación del examen médico o control del empleador para ingresar a la presunción. Como dije me inclino por la primera y así he tenido oportunidad de expedirme.------------------------------------------------------- En las relaciones laborales, no puede el juzgador apartarse de las condiciones particulares del caso que conduzcan p. ej. a que un empleador sepa, tenga conocimiento, llegue a su esfera de conocimiento, que una trabajadora suya está embarazada. Si este conocimiento existe, el control médico a la empleada o la exigencia de un certificado de gravidez es una facultad indiscutible del principal, pero que bien puede no ser ejercitada precisamente por las características del caso. Y si tal control o pedido de certificado no se efectúa, ello no puede generar entorpecimiento de la estabilidad siempre impropia pero ahora aumentada que goza la dependiente a partir del conocimiento de su estado de embarazo.---------------- "Carrasco, Claudia Andrea. c/ Morales, Marcelo. ; Torres, Beatriz. y/o q. rten. resp. del Gimnasio "Giants." s/ cobro de hab. e indem. de ley" (Expte. Nº 18.650 - año: 2003) Sala A. Sentencia Nº 19- Año 2003. Cámara de Apelaciones Noreste del Chubut
 #518430  por andreaarena
 
Muchas gracias por sus respuestas... me surge una dudita. El secuestro del acta escolar la pido como diligencia preliminar y la inicio antes de la demanda, o presento la demanda y pido en el cuerpo de la misma el secuestro como prueba anticipada??? disculpen las molestias
 #518746  por DWOR
 
Bueno.. creo que el pedido de prueba anticipada lo haces para resguardar la misma una ves iniciada la litis, preferentemente se pide antes!..excepcionalmente podes pedir con el escrito de demanda pero tenes que justificar una razon urgente! slds