chicos/as.
Presenté hace poco la pensión directa por mi abuelo fallecido en febrero de 1997. Era autónomo.
Fallece en la casa, donde mi abuela tenía domicilio en el DNI en ese momento, y obvio, vivían juntos.
Como mi abuela era ya mayor cuando él fallece en febrero 1997, le consiguen una permuta y se muda en noviembre de ese año, y hace también en noviembre el cambio de domicilio.
Los pe... de anses de San Miguel me ponen el expediente en citados y me piden que agregue documental de domicilio.
Hoy les dije: pero si ella cambia el domicilio meses después de que él fallece. Me dicen: no importa. No alcanza.
Los viejos de antes se encargaban de todo. La luz y el teléfono venían a nombre de mi abuelo. Mi abuela solo lavaba y cocinaba, y hacía mate, como era antes. No tengo pruebas de domicilio más que el DNI.
Hoy tiene 86 años y parece que me estuvieran cargando. Si tienen el mismo domicilio al fallecer, fallece en la casa, estaban casados, que más!.
Lo único que conseguí es una escritura de casa de tierras donde habla de que hubo un relevamiento para otorgar la escritura Pierri (o sea, vivienda única y posesión pública) a nombre de mi abuela, de la casa donde vivían. Si bien la escritura es del 98, dice que el trámite se presentó en mayo del 97, y espero que sirva. Voy a llevar eso mañana. Pero pregunto: puede ser que un anses te pida esa barbaridad, dadas las condiciones que conté???. Dicen que sino, no lo pasan a legales, y me mandaron sino, a hacer una testimonial al Juzgado de Paz que diga que ella vivía ahí.
Estoy caliente....
Presenté hace poco la pensión directa por mi abuelo fallecido en febrero de 1997. Era autónomo.
Fallece en la casa, donde mi abuela tenía domicilio en el DNI en ese momento, y obvio, vivían juntos.
Como mi abuela era ya mayor cuando él fallece en febrero 1997, le consiguen una permuta y se muda en noviembre de ese año, y hace también en noviembre el cambio de domicilio.
Los pe... de anses de San Miguel me ponen el expediente en citados y me piden que agregue documental de domicilio.
Hoy les dije: pero si ella cambia el domicilio meses después de que él fallece. Me dicen: no importa. No alcanza.
Los viejos de antes se encargaban de todo. La luz y el teléfono venían a nombre de mi abuelo. Mi abuela solo lavaba y cocinaba, y hacía mate, como era antes. No tengo pruebas de domicilio más que el DNI.
Hoy tiene 86 años y parece que me estuvieran cargando. Si tienen el mismo domicilio al fallecer, fallece en la casa, estaban casados, que más!.
Lo único que conseguí es una escritura de casa de tierras donde habla de que hubo un relevamiento para otorgar la escritura Pierri (o sea, vivienda única y posesión pública) a nombre de mi abuela, de la casa donde vivían. Si bien la escritura es del 98, dice que el trámite se presentó en mayo del 97, y espero que sirva. Voy a llevar eso mañana. Pero pregunto: puede ser que un anses te pida esa barbaridad, dadas las condiciones que conté???. Dicen que sino, no lo pasan a legales, y me mandaron sino, a hacer una testimonial al Juzgado de Paz que diga que ella vivía ahí.
Estoy caliente....
