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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #518528  por gusras
 
hola!! una pregunta: una vez teniendo la sentecia, que debo llevar al registro de las personas y cuanto si es que cobran para la inscripcion.


gracias
 #518593  por Carmen Susana
 
La sentencia no dice: "Ofíciese al Registro... para su inscripción"; en el supuesto que se halla omitido solicitá que se oficie al Registro, conviene adjuntar al Oficio copia de la sentencia certificada por la actuaria (Secretaria).-
 #518760  por pilaral
 
Necesitas Oficio y testimonio de la Sentencia.
El tramite en el Registro de las Personas cuesta alrededor de $ 40, igual depende del tramite que elijas (normal o urgente)