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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #51938  por mdloaiza
 
En mi nuevo trabajo me estan pagando la hora extra a un valor igual a mi sueldo dividido 168. Es legal esta forma de pagarlas ? No deberian pagarlas al X % mas ? Aclaro que es todo en blanco, tengo alguna manera legal de pedir que me paguen lo que falta ?

Gracias-
 #52005  por Ishtar
 
Hola, tendrías que fijarte en el convenio colectivo que estás el porcentaje que prevee para el pago de las hs.extras, por si contempla uno mayor que el previsto en la ley de contrato de trabajo...

El art.201 de la LCT dispone que el recargo es del 50% si se tratare de días hábiles y 100% en días sábados despues de las 13 hs domingos y feriados.

En los trabajadores mensualizados el valor hora para liquidar las hs. extras se obtiene dividiendo el sueldo por el número de hs. que constituyen la jornada normal efectiva trabajada en el mes.

Esto es genérico... habría que estudiar tu caso en particular, repito ver el convenio, tipo de tarea desempeñada, horarios, si realmente trabajas mas de las horas contempladas en la jornada legal, si es jornada insalubre (que sería otro tema) etc.etc....

En caso de que creas te estan abonando mal te aconsejo te dirijas al Ministerio de trabajo o veas un abogado laboralista a fin de que te asesoren sobre el tema.

 #52021  por Maju
 
LA hora extra nunca puede tener el mismo valor q la hora normal!
A vos te figura en tu recibo de sueldo hs extras , cantidad y monto? de ahi deducis que te estan pagando la hora extra a menor valor?

Si queres aclarar un poquito mas tu situacion o cual es el convenio en el cual estas, por ahi te puedo ayudar un poco mas...

Otra opcion es que te le preguntes a los delegados de planta, y en el caso de que no haya, mejor aun, llamar directamente al Sindicato sin decir quien sos y preguntar....

Sldos,
Maju

 #52055  por mdloaiza
 
En el recibo de sueldo aparece la cantidad y el monto total en hs extras, ademas se que el valor hora se calcula de esa manera ( sueldo / 160 , no 168) , porque la gente que esta de antes me comento que en algun momento les hicieron firmar una especie de acuerdo donde se especifica que se pagan de esa manera, a mi por ahora no me hicieron firmar nada. No se nada de convenios ni de sindicatos, trabajo en una empresa informatica como programador.

 #52104  por ADRIAN MONTENEGRO
 
FIJATE QUE ES MUY IMPORTANTE LO QUE DICE EN ROJO ISHTAR. ASI, POR EJEMPLO SI VOS TRABAJAS 9 HS POR DIA, 5 HORAS A LA SEMANA, SE TOMAN 22 DIAS AL MES (POR EL DESCUENTO DE SABADOS Y DOMINGOS) Y DA 198, LOS CUALES SE SUELEN REDONDEAR EN 200. LO MISMO OCURRIRIA SI TRABAJAS CUALQUIER OTRA COMBINACION DE HORAS QUE IMPLIQUEN 44 O 45 HORAS SEMANALES. PERO SI TRABAJAS MENOS HORAS A LA SEMANA, UNA CUENTA FACIL ES DIVIDIR ESA CANTIDAD DE HORAS EN 5 Y MULTIPLICARLA POR 22 (EJEMPLO: 35 HORAS SEMANALES EQUIVALEN A: 35 / 5 x 22 = 154 HS MENSUALES).
SI LAS HORAS NORMALES MENSUALES SON 200, EL VALOR DE LA HORA EXTRA DEBERÍA SER: SUELDO / 200 * 1,5 LO QUE ES IGUAL A
SUELDO / 133,3 (Y NO SUELDO / 160). SIN EMBARGO HAY QUE VER QUE CONCEPTOS FORMAN EL RECIBO Y COMO SE CALCULA CADA UNO DE ELLOS. PORQUE TAL VEZ HAYA PRESENTISMO O ALGUN OTRO ADICIONAL QUE VOS LO TOMAS EN EL SUELDO Y QUE EL PROGRAMA DE LIQUIDACION LO SUMA EN OTRO CONCEPTO.
TE DOY EL SIGUIENTE EJEMPLO:

SIN HORAS EXTRAS:

BASICO 1333
PRESENTISMO (20% DE TODO LO ANTERIOR) 267
TOTAL 1600
(MENOS LOS DESCUENTOS, QUE NO VIENEN AL CASO)

CON 1 HORA EXTRA:

BASICO 1333
1 EXTRA 10
PRESENTISMO (20% DE TODO LO ANTERIOR) 269
TOTAL 1612

EN ESTE CASO, LOS $12 QUE COBRAS DE MAS POR ESA HORA EXTRA EQUIVALEN A: SUELDO / 200 x 1,5
PERO SI MIRAS SOLO EL RENGLON "HORAS EXTRAS" Y LO COMPARAS CON TU SUELDO TOTAL (10 CONTRA 1600), EQUIVALE A SUELDO /160.

ESPERO HABER APORTADO ALGO

ADRIAN

 #52168  por mdloaiza
 
Adrian, te agradezco por tu respuesta, pero en este caso es mas simple ya que no hay adicionales de ningun tipo, es solo el sueldo + hs extras.

Ejemplo : Si el sueldo es de 3200, y haces 20 hs extras, te van a pagar 3200/160 * 20 = 400 en hs extras, y en el recibo aprareceran 2 items :
uno para el sueldo por 3200 y otro para las hs extras por 400.
El 160 se toma como el numero promedio de hs en un mes normal.

Segun lo que dijo Ishtar : " En los trabajadores mensualizados el valor hora para liquidar las hs. extras se obtiene dividiendo el sueldo por el número de hs. que constituyen la jornada normal efectiva trabajada en el mes. " , si no
interpreto mal, estaria ok ese valor, esta bien que no paguen ese 50 % mas, no ?

 #52171  por ADRIAN MONTENEGRO
 
NO. SI VOS TRABAJAS 160 HORAS MENSUALES Y TU SUELDO ES DE $ 3200, CADA HORA EXTRA DEBERIA SER DE $30, PORQUE EL PARRAFO QUE VOS TRANSCRIBIS CORRESPONDE A LA HORA BASE, A LA CUAL HAY QUE APLICARLE EL 50% O EL 100% SEGUN CORRESPONDA DE ACUERDO AL ART. 201 (VER PARRAFO INMEDIATO ANTERIOR AL DESTACADO EN ROJO POR ISHTAR)
POR OTRO LADO, Y HASTA DONDE YO ENTIENDO, NO ES VALIDO NINGUN ACUERDO QUE HAYAN FIRMADO OTROS EMPLEADOS (O VOS MISMO INCLUSO), QUE SE OPONGA A DICHO ART. 201.
TE RECOMIENDO QUE CONSULTES EN EL MINISTERIO DE TRABAJO, O EN EL SINDICATO QUE LE CORRESPONDA A TU OBRA SOCIAL O LA QUE RIJA EN GENERAL PARA EL RESTO DE LOS EMPLEADOS (SI VOS OPTASTE POR UNA OBRA SOCIAL NO SINDICAL O CORRESPONDIENTE A UN SINDICATO DE OTRA ACTIVIDAD)

SUERTE

 #52181  por mdloaiza
 
Adrian, gracias por tu respuesta, ahora me queda mas claro, basicamente mi duda estaba centrada en cuan valido era ese acuerdo para pagar el valor de la hora extra a ese valor ( $ 20 ) y no al que deberia corresponder ( $ 30).
Por ultimo, yo trabajo en una empresa de sistemas, no tengo conocimiento de sindicatos ni nada parecido y la obra social es OSDE. Que es lo deberia consultar exactamente y donde ?

 #52227  por Maju
 
Mira, si tenes OSDE DIRECTAMENTE, segura este FUERA DE CONVENIO!..., es facil en el recibo de sueldo te fijas en donde dice que categoria tenes, eso te da la pauta si puede ser o no que estes dentro de las categorias del convenio que abarca tu actividad!

Por otro lado, los descuentos que te aparecen en el recibo de sueldo son solo los de ley?, Jubilacion 7% u 11%, Obra social 3% y ley 3%, o te aparece algun otro concepto donde diga cuota sindical, o algo parecido con un porcentaje de descuento, ahi es donde tenes que mirar, sino aparece nada, sos personal fuera de convenio!

SAludos,
Maju

 #52238  por mdloaiza
 
Si, estoy fuera de convenio, no lo aclare antes porque no sabia el significado legal de esto y que representaba.
Eso significa que no puedo reclamar nada ?

 #52241  por DAL
 
Me parece que la duda se puede aclarar con el plenario DÁloi que interpreto el tema de horas extraordinarias.

Se pagan con recargo, las extraordinarias en sabado y domingo, al 100% y las de dia normal al 50%. Esto es claro: pero extraordinarias son las que exceden de la jornada legal de trabajo, que es de 48 hs semanales. O sea, la hora 49 se paga con recargo del 50% (si la hizo en dia de semana) o del 100% (sabado despues de las 13 y domingo).

Ahora bien, las horas que exceden la jornada PACTADA pero que no exceden la jornada legal, NO TIENEN RECARGO.

Si una persona trabaja 40 horas semanales, el sueldo pactado es por 40 horas semanales.
Si hace más horas a la semana, estas deben pagarse porque no estan incluidas en el "precio" que es el salario mensual, porque este precio es convenido por 40 semanales.
Ahora bien, si hace solo 8 horas semanales y siempre según el plenario que comento, se pagan SIMPLES, sin recargo.
Si hace más de 8 horas, y pasa las 48 semanales, se pagaran 8 SIMPLES y las excedentes con recargo del 50% o del 100% segun corresponda.

Saludos!!!!

PD: el plenario que lo estipuló es D ´ALOI y lo pueden encontrar en cualquier libro y es sumamente claro.

 #52245  por mdloaiza
 
Gracias DAL, muy interesante el aporte, va quedando mas claro. Con lo cual, si yo trabajo 40 hs semanales, deberia hacer mas de 8 hs extras en la semana para poder exigir ese 50 % sobre las horas arriba de las 48.

Para terminar de desilusionarme, si yo trabajo de lunes a viernes de 9 a 18 hs con una hora de almuerzo en el medio, la cantidad de horas trabajadas es 40 , o es 48 ?

 #52246  por DAL
 
La pausa de almuerzo no se considera parte de la jornada laboral, salvo que el convenio aplicable especificamente la contemple. Por lo cual sin saber que convenio es, mal podemos ver este tema. Tu jornada laboral es de 40 horas semanales, por eso el costo de la hora es el sueldo dividido 160 (40 horas por cuatro semanas, 160 horas al mes = un sueldo)

De todos modos el tema de jornada laboral es uno de los más complejos de ver. Yo te diría que consultes con un abogado, con tus recibos, analizando el o los convenios aplicables a la empresa y tengas una respuesta más seria que la que te podemos dar aca, ya que nos falta información para responder adecuadamente!!!

Saludos!!!

 #52249  por mdloaiza
 
Muchas gracias por la ayuda.

Saludos.
 #52349  por AIDA
 
mdloaiza escribió:En mi nuevo trabajo me estan pagando la hora extra a un valor igual a mi sueldo dividido 168. Es legal esta forma de pagarlas ? No deberian pagarlas al X % mas ? Aclaro que es todo en blanco, tengo alguna manera legal de pedir que me paguen lo que falta ?

Gracias-
Las horas extras se calculan asi

al 50% para los dias habiles y sabados hasta las 13hs

sueldo x 1.5
-------------
200


al 100% dias inhabiles y sabados despues de las 13 hs


sueldo x 2
__________
200


ej sueldo 2000
17 horas extras al 50%= 2000x 1.5
__________= 15/ h x 18= $270
200

espero haber sido de ayuda

SUERTE

AIDA