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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #519802  por PBel
 
hola me podrian ayudar con este sicam, lo habia calculado hasta que hoy me entero que la sra tiene insc como autonoma, el tama es que no se q hacer...porq creo que me genera deuda el sicam dice asi:
Historia de Categorias
Períodos Prescriptos
Categoría Período
Desde Período
Hasta Actividad Tipo de
Contribuyente
Categoría B 11/1993 02/2000 768 Autonomo
Períodos No Prescriptos
Categoría Período
Desde Período
Hasta Actividad Tipo de
Contribuyente
Categoría B 03/2000 02/2007 768 Autonomo

despues cuando pongo liquidar en virtud de esos datos me aparece esto:
Edad Fecha Nacimiento Fecha Defunción 2años, 8meses 2años, 8meses Jubilación
60 08/03/1950

DETALLE DEUDA TOTAL
C A P I T A L I N T E R E S Total
Aportes
INSSJP
Fonavi
Subtotal
Aportes
INSSJP Fonavi Subtotal
Total Pre-SIJP 0.00 0.00 0.00
Periodos desde 07/1994 en adelante 3,967.36 734.72 0.00 4,702.08 3,952.94 732.05 0.00 4,684.99 9,387.07
Total SIJP 4,702.08 4,684.99 9,387.07
TOTALES GENERALES
4,702.08 4,684.99 9,387.07


el calculo que yo hice es el siguiente...lo cargo como original lo q aparece en sicam y lo anteriror como ampliada????
AUTONOMO 01/04/1968 31/12/1971 3 9 0

TRABAJADO 01/01/1972 30/08/1972 0 8 0
AUTONOMO 01/09/1972 30/09/1972 0 1 0
TRABAJADO 01/10/1972 31/12/1972 3
AUTONOMO 01/01/1973 30/04/1975 2 4 0
TRABAJADO 01/05/1975 30/06/1975 0 2 0
AUTONOMO 01/07/1975 31/12/1977 2 6 0
AUTONOMO 01/01/1978 31/08/1978 0 8 0
AUTONOMO 01/01/1980 31/12/1985 6 0 0
TRABAJADO 01/01/1986 28/02/1986 0 2 0
AUTONOMO 01/03/1986 30/09/1993 7 7 0
TRABAJADO 01/10/1995 31/12/1995 0 3 0
TRABAJADO 01/01/1996 31/12/1996 1 0 0
TRABAJADO 01/01/1999 30/08/1999 0 8 0
TRABAJADO 01/03/2000 31/12/2000 0 10 0
TRABAJADO 01/01/2001 30/04/2001 0 4 0
SICAM 01/07/2004 28/02/2007 2 8 0
TRABAJADO 01/12/2003 31/12/2003 0 1 0
TRABAJADO 01/01/2004 28/02/2004 0 1 28
Sub-Total Comunes 30 1 28
 #519822  por PBel
 
basicamente mi dudas son:
1) como se si tengo deuda por esos periodos de sicam q estaban antes.
2) como cargo los años q compro...como revista ampliada?
3)si tuviera deuda por esos periodos se pueden cancelar?
 #519828  por noelin
 
CUANDO CARGAS LOS PERIODOS Y HACES LA 1º DEUDA, VAS DESP. A DETALLE DE DEUDA Y VES Q PERIODOS FIGURAN IMPAGOS EN TODOS SUS RUBROS, CAP.INTERSE,ETC.
 #519842  por PBel
 
DETALLE DEUDA TOTAL
C A P I T A L I N T E R E S Total

TOTALES GENERALES
4,702.08 4,684.99 $ 9,387.07

me aparece esto en detalle de deuda
me discrimina desde 07/2004 a 02/2007

q interpretas?
 #519861  por noelin
 
ANDA MIRANDO CADA PERIODO, CADA RENGLON, SI TE DA 0 LO USAS, SI NO LO PRESCRIBIS
 #520097  por PBel
 
hola probe lo que me dijiste..ninguno me da 0...la pregunta es en situacion de revista pongo en beneficio art 1 ley 23521, y despues cuando cargue los datos estoy obligada a respetarlo teniendo q hacer sit de revista original y ampliada?
gracias de nuevo!
 #520113  por Aimael
 
PBel escribió:hola probe lo que me dijiste..ninguno me da 0...la pregunta es en situacion de revista pongo en beneficio art 1 ley 23521, y despues cuando cargue los datos estoy obligada a respetarlo teniendo q hacer sit de revista original y ampliada?
gracias de nuevo!
Es asi si te da deuda antes del 9/1993 lo podes dejar te entra en la moratoria, si te da deuda a partir de 10/1993, cuando decimos deuda nos referimos a una buena suma de dinero, porq pasa q aparecen $.040 o $40 por asi ejemplificarte y a veces conviene pagarlos antes q renunciarlos, lo que te dice la colega Noelin es que eso que te figura deuda es porq vos lo tenes en la sit de revista, entonces esos mismos periodos los colocas en el recuadro de abajo donde dice "beneficios" y le aplicas art1 25321, pones liquidar y cuando vas al detalle de deuda estos periodos en cuestion te deberian dar $000.
 #520125  por PBel
 
si ya probe! muchas gracias..ahora una ultima duda..el cese lo tiene en el 2003 por sdm..y no el de la deuda de 2007 no? porque la prescribo..y otra pregunta y ultima..cuando pongo beneficios del art 3 de la 24476 va en ampliada no? gracias!
 #520134  por Aimael
 
PBel escribió:si ya probe! muchas gracias..ahora una ultima duda..el cese lo tiene en el 2003 por sdm..y no el de la deuda de 2007 no? porque la prescribo..y otra pregunta y ultima..cuando pongo beneficios del art 3 de la 24476 va en ampliada no? gracias!
en realidad vos renuncias por art1 q no es lo mismo q prescribirlo, si lo renuncias tomate entonces los 3 años de ddjj del 2003.
vos armaste sit de revista con antes de la inscripcion? en ampliada vos pones lo que toma la sit de revista antes de la inscripcion en el padron hist de autonomos, si es desde la inscripc en adelante va en sicamI
 #520157  por noelin
 
HAY Q USAR EL BENEFICIO DE LA 14236 LO MAS Q SE PUEDE CUANDO DAN LOS TIEMPOS Y SIEMPRE Q HAYA INSCRIPCION AUTONOMO. SALVO ESA, TIENE MENOS RESTRICCIONES, NO SE PQ SOLO USAN 25321 Y ART.3