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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #51518  por masqueri estela
 
Me encuentro en serias dificultades frente al despido de una empleada ya pasamos por etapa de conciliacion y ayer me llego la demanda . Ella trabajo solo 1 año y 7 meses como camarera . Le abonaba por dia minimo sobre 8 hs de trabajo 30 P diarios mas comision del 9 % sobre el total de sus Ventas obviamente mas propina . El despido se produjo por faltas reiteradas , incumplimiento horario y por abofetear en el salon comedor a un compañero . Cometi el error de no sancionarla en forma escrita siempre fue verval , reconozco mi falta , Mi pregunta concreta es debo presentar testigos que acrediten mis dichos ? en caso de hacerlo podre obtener una sentencia mas sactifactoria ? muchisimas graciasss a todos .

 #51625  por DAL
 
HOla!!! debés ir URGENTE a un abogado particular, ya que tenés terminos corriendo, los días VUELAN y las consecuencias de no presentarse en termino son GRAVISIMASSSSSSSSSSS.

El te va a indicar los pasos a seguir, llevale la carpeta completa (recibos de sueldos, telegramas) mas la documentación de la etapa de conciliación y por supuesto la demanda!!!

Saludos y no dejes pasar NI MEDIA HORA!!!! El tiempo es tirano.

 #51774  por OvejaNegra
 
DAL escribió:HOla!!! debés ir URGENTE a un abogado particular, ya que tenés terminos corriendo, los días VUELAN y las consecuencias de no presentarse en termino son GRAVISIMASSSSSSSSSSS.

El te va a indicar los pasos a seguir, llevale la carpeta completa (recibos de sueldos, telegramas) mas la documentación de la etapa de conciliación y por supuesto la demanda!!!

Saludos y no dejes pasar NI MEDIA HORA!!!! El tiempo es tirano.
lo remarcado en rojo, siguiendo consejos de tordo....?

 #51778  por Maju
 
Hola!....tambien te aconsejaria que le des al abogado toda la documentacion que puedas rescatar de, sus llegadas tardes, tenes alguna planilla donde registran los horarios de entrada y salida?, las faltas? es una forma de mostrar la mala voluntad de la empleada...todo suma, ni hablar de los testigos...y elegi bien el abogado!

Aca hay muchos buenos!...

 #52265  por TORDO
 
perdon OvejaNegra, mi idea no es conforntar, pero cual debio ser segun vos el consejo que debio dar DAL.-?
Recordemos que se trata de un empleador y no de una persona de escasos recursos.- a la cual se la podria derivar a una defensoria o a alguna asociación civil especializada.-

Creo que como abogada le dio el mejor consejo.-
pero puede que no.-

suerte y perdon por la intromición.-

 #52321  por OvejaNegra
 
TORDO escribió:perdon OvejaNegra, mi idea no es conforntar, pero cual debio ser segun vos el consejo que debio dar DAL.-?
Recordemos que se trata de un empleador y no de una persona de escasos recursos.- a la cual se la podria derivar a una defensoria o a alguna asociación civil especializada.-

Creo que como abogada le dio el mejor consejo.-
pero puede que no.-

suerte y perdon por la intromición.-
no me referia al mensaje en si, sino en la forma de tu pensamiento, que estas llevando a que contesten asi, antes esta forista contestaba mas amplio, es mi forma de ver las cosas, y en otro post me contestastes a mi opinion y te lo contesto aca, si no queres contestar a particulares , no lo hagas, es lo mas simple, y si nos vamos a fijar este tiene recursos para pagar un abogado, etc. entonces no contestemos a nadie, porque aca ,mas o menos entran gente de medio para arriba en cuanto a recursos ,creo yo otra postura equivocada de tu parte. saludos cordiales a todos.
 #52342  por masqueri estela
 
Muchisimas gracias a todos ya deje todo en manos de un abogado , espero que sepa lo que hace , Tengo los datos de Uds, si algo no me conformase los molestare para que alguno de Uds siga este caso . Realmente no tenia tiempo y vivo en santa teresita Pcia de Buenos Aires. nuevamente graciassss . cariños Estela

 #52483  por DAL
 
quote]
no me referia al mensaje en si, sino en la forma de tu pensamiento, que estas llevando a que contesten asi, antes esta forista contestaba mas amplio[/quote]´

YA ME TENÉS ANALIZADA!!!!!! Un honor!!!!!!!!!!
Si la verdad es que hay veces que contesto más amplio o otras no. Depende de que este haciendo, y demás.
Tannnnnnnnnnto no me explayo desde mi actuación en CUALES SON MIS DERECHOS Y CUALES MIS OBLIGACIONES, y hay temas que me tientan más que otros. NO es solo el post que inició Tordo.

Y además, si tiene plazos corriendo, TIENE QUE CORRER!!! NO se uds. pero aca tenemos DIEZ DÍAS para contestar demanda y ofrecer prueba. No hay tiempo para perder. La pregunta concreta era si tiene que llevar testigos. Y en cada jurisdicción el momento es diferente, aca los presentamos bien entrado el juicio, así que mal podía contestale SI o NO.

Saludos!!!!

 #52485  por DAL
 
Estela me alegro que ya hayas encontrado un profesional. Charla bastante con el, guialo, orientalo. Vos conoces los hechos. Y te diré que lo mejor será llegar a un acuerdo al que el te orientará.
Saludos!!!!! :lol:

 #52579  por OvejaNegra
 
DAL escribió:quote]
no me referia al mensaje en si, sino en la forma de tu pensamiento, que estas llevando a que contesten asi, antes esta forista contestaba mas amplio
´

YA ME TENÉS ANALIZADA!!!!!! Un honor!!!!!!!!!!
Si la verdad es que hay veces que contesto más amplio o otras no. Depende de que este haciendo, y demás.
Tannnnnnnnnnto no me explayo desde mi actuación en CUALES SON MIS DERECHOS Y CUALES MIS OBLIGACIONES, y hay temas que me tientan más que otros. NO es solo el post que inició Tordo.

Y además, si tiene plazos corriendo, TIENE QUE CORRER!!! NO se uds. pero aca tenemos DIEZ DÍAS para contestar demanda y ofrecer prueba. No hay tiempo para perder. La pregunta concreta era si tiene que llevar testigos. Y en cada jurisdicción el momento es diferente, aca los presentamos bien entrado el juicio, así que mal podía contestale SI o NO.

Saludos!!!![/quote]
ves tordo que tengo razon, sin querer a lo mejor, hacen que contesten asi debido a tu comentario. (ver mensaje en rojo.)

 #52611  por DAL
 
Aja!!!

y que parte de no es SOLOOOOOOOOOOOOOOO ese post el que no quedó claro????????

Mira que le digo a Aida y te reta!!!!

 #52646  por Sailaw
 
En Capital la oportunidad de ofrecer la prueba en su totalidad, es al momento de la demanda, y posibilidad de ampliarla al traslado de la contestación y documental de la demandada.

Como es eso de poder ofrecer la testimonial ya avanzado el juicio?, en que estadio procesal se hace?

 #52661  por DAL
 
Eso es porque cada codigo de procedimiento tiene su propia estructura.
En Santa Fe demanda y contestación contienen como ofrecimiento toda la documental (toda!!!) y confesional. Luego viene la audiencia del art 51 para conciliar y si no se concilia se producen la confesional, el reconocimiento de documental y se ofrece el resto de la prueba, o sea ahí se ofrecen los testigos, y pericias y demás. Ya con la contraparte absuelta, lo cual evitaría ofrecer prueba innecesaria por la admision de ciertos hechos al absolver posiciones.

Por eso no le conteste de entrada lo de los testigos, ya que en cada jurisdicción el momento de ofrecerlos cambia.

Saludos!!!!!

 #52682  por TORDO
 
A ver OvejaNegra, respeto tu opinion y tu forma de pensar esta clara, te constesto en este post, ya que veo que el tema principal de consulta esta terminado.-

Me parece y lo digo con el mayor respeto, que no entendes nada de lo que digo o quizas no queres entender.- Será que quizas no solo queres evitar que otros piensen como yo, sino que además queres que mantengan tu postura.-

Cuando plantee el tema, jamas dije que haya que derivar los temas a abogados PARTICULARES "Así mejoramos el Negocio".-
Incluso, deje bien claro que mi planteo sobre responder o no particulares, no tenia nada que ver con lo gratuito del foro.- (aunque reconozco que para algunos foristas eso parecio importante).-

Sobre el mensaje de DAL, en lo cual para vos es otro punto que estoy equivocado.- (probabilidad que nunca negue), la palabra particular pudo existir o no, el consejo de ver urgente a un abogado estaba muy bien dado, y a eso apunte yo.-
Por lo demas me parecio, y pido disculpas si no fue así, que asentuaste lo de "particular", como si eso hubiera sido la falta.-
y por eso despues expones lo del nivel de los que ingresan al foro.-
Lo cierto que si es alguien de medios, sería un mal consejo enviarlo a una defensoria, que además de estar saturados de trabajo, le haran perder un monton de tiempo y finalmente no le tomaran el caso para remitirlo A UN ABOGADO PARTICULAR, y creeme los de las defensorias no tienen tiempo para visitar este foro y recibir mis influencias.-
Y sigo soteniendo que si es de medios o no, tampoco es correcto evacuar sus consultas sobre casos particulares como el de este post, por este foro.-
Quizas podría haber caso que si se pueda utilizar la postura más flexible que manifesto Ishtar en el post que nos trajo aquí esta discución.-

Ahora una observación mas, POR QUE CALLARME, lo que digo asusta?, cual es el miedo?. Que no sea tan irrazonable mi planteo. Yo no lo busco y eso esta clarisimo, pero Y si los demas adoptan mi postura ??, será que así hay que obrar ?? no entiendo, este es un foro, y los foros entre otras cosas estan para debatir, este es un foro de derecho, y el contestar a particulares es una forma moderna de ejercer la profesión, "solidaria", como dijo alguno, "gatuita", como lo quizo dejar manifestado otro, etc.-
Por ello no veo mal que presente como tema de discución.-Lo que seguro que no es bueno es callar las opiniones que no nos convienen

De todas maneras OVEJANEGRA, hay algo importante que saber, y que te puede llevar tranquilidad, los abogados somos bichos raros, y JAMAS NOS PONEMOS TODOS DE ACUERDO EN ALGO, no hay profesión menos corporativaque la de abogada/o.- hay un viejo dicho que dice que si queres tener 10 opiniones distintas no es tan dificil, solo juntate con 10 abogados.-

suerte

 #52684  por Sailaw
 
Gracias Doctora, muy buena su explicación. En Capital tenemos la audiencia del art. 80 de la L.O (que viene a ser una copia del art. 360 del CPCC (Nacional), en la que se trata de la procedencia de la prueba ofrecida, pero los testigos y demás prueba tienen el tope para su ofrecimiento el del traslado de contestación y documentos del art. 71 de la L.O.

Salvo hecho nuevo, que tiene su propio procedimiento.