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  • Inicio el divorcio? donde ya se homologó un acuerdo?

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #521868  por guady123
 
Hola buen día!!! Soy nueva en el foro y también en el ejercicio de la profesión. Estoy por iniciar un divorcio(mi primer caso) por el 214 inc 2. Los conyuges hace aproximadamente 3 años firmaron un acuerdo de tenencia y régimen de visitas que está homologado. Yo patrocino al esposo que tiene la tenencia de los dos hijos.
Mi pregunta es: Tengo que hacer que sorteen el divorcio, o lo tengo que iniciar en el juzgado donde se firmó el acuerdo????
Agradecería que alguien me ayude. Muchas gracias!!!!!
Aclaro esto es en provincia de Bs. As.
 #521967  por ANAMARIAP
 
Hola, el divorcio es un nuevo juicio, no importa donde esten radicados los otros expedientes. Tenes que iniciarlo por receptoria de expedientes. Cuando ya hay procesos entre las mismas partes, en receptoria suelen indicar los expedientes anteriores y los adjuntan -un hoja por expediente -a esta nuevo de divorcio. Seguramente van a radicarlo donde estan los otros dos. Un saludo
 #522039  por guady123
 
Muchísimas gracias por las respuestas!! Se que puede resultar una pregunta obvia la que hice, no es que no estudié, pero como es mi primer demanda, la realidad es que cuando me puse a armarla me empezaron a surgir dudas e inseguridades por si existe algo que yo no conozca por carencia de práctica o que no haya leído.
Vamos a ver como continúa, ya que la esposa es muy complicada.
Nuevamente muchas gracias!!!!
 #522524  por federic0
 
antihique escribió:El divorcio es comptente el juez del ultimo domiicilio conyugal.Codigo Civil y Cod Procesal Civil
O el del domicilio del demandado. Código Civil.
 #522710  por guady123
 
Si ya se que es competente el juez del último domicilio conyugal. Incluso el convenio que firmaron también se hizo ante el juez competente en virtud del último domicilio conyugal. Igualmente muchas gracias por la respuesta, pero esa no era mi duda.
Mis dudas tienen más bien que ver con la práctica en tribunales y las costumbres.
Nuevamente gracias por dedicar su tiempo a responder mis pregutas aunque para muchos colegas sean abvias, la realidad es que carezco de experiencia.

Ahora voy a hacer abuso y aprovecho para hecerles otra consulta.
Estoy preparando un divorcio por el 214 inc 2.(No lo van a presentar en forma conjunta) Ya hay firmado un acuerdo por régimen de visitas y tenencia porque hay dos menores que están con mi cliente; el convenio está homologado. La pregunta es, me conviene hacer referencia del convenio en la demanda? o mejor ni lo menciono? Que es lo que se hace generalmente?
Que hago???? MUUUUCHAS GRACIAS!!!!
 #522873  por federic0
 
guady123 escribió:La pregunta es, me conviene hacer referencia del convenio en la demanda? o mejor ni lo menciono? Que es lo que se hace generalmente? Que hago???? MUUUUCHAS GRACIAS!!!!
Sí, te conviene hacer mención, ya que si no lo haces es probable que el Defensor de Menores al momento de dictaminarsolicite que las partes manifiesten si existen acuerdos al respecto, y eso te hace demorar inútilmente el trámite del divorcio.
Saludos.
 #523214  por Doncella_de_Orleans
 
guady123 escribió:Si ya se que es competente el juez del último domicilio conyugal. Incluso el convenio que firmaron también se hizo ante el juez competente en virtud del último domicilio conyugal. Igualmente muchas gracias por la respuesta, pero esa no era mi duda.
Mis dudas tienen más bien que ver con la práctica en tribunales y las costumbres.
Nuevamente gracias por dedicar su tiempo a responder mis pregutas aunque para muchos colegas sean abvias, la realidad es que carezco de experiencia.

Ahora voy a hacer abuso y aprovecho para hecerles otra consulta.
Estoy preparando un divorcio por el 214 inc 2.(No lo van a presentar en forma conjunta) Ya hay firmado un acuerdo por régimen de visitas y tenencia porque hay dos menores que están con mi cliente; el convenio está homologado. La pregunta es, me conviene hacer referencia del convenio en la demanda? o mejor ni lo menciono? Que es lo que se hace generalmente?
Que hago???? MUUUUCHAS GRACIAS!!!!

Estimada, la competencia no está dada por la práctica en tribunales o las costumbres.
 #523300  por federic0
 
liza escribió:El articulo 227 del C.C. es claro en cuanto a la competencia. Es el último domicilio conyugal.
O el del domicilio del cónyuge demandado...
 #523418  por guady123
 
Bueno, evidentemente tengo problemas de expresión. Voy a intentar ser más clara. No tengo dudas con respecto a qué Juez es el competente en la causa. El último domicilio conyugal fue en el Partido de Merlo y por ende ya se que tengo que iniciar el divorcio en el Departamento Judicial de Morón. Nunca pregunté cuál es el Juez competente.
Como nunca inicié una causa. La pregunta que intenté hacer y que la forista anamariap entendió, es… como ya existe un convenio de tenencia y régimen de visitas homologado en un expediente que se encuentra radicado en un determinado juzgado de Morón, el divorcio igual lo tengo que presentar en receptoría a que lo sorteen? o hay que aclara o hacer alguna gestión para que valla al juzgado donde está el acuerdo? SI, muchos dirán que es una burrada lo que pregunto, pero la realidad es que no lo sabía y recurrí a ustedes porque generalmente leo el foro y veo que hay personas solidarias dispuestas a colaborar con aquellas personas que no tienen nada de práctica y recién se inician en la profesión.
No soy tan irresponsable como para hacerles una pregunta sin ni siquiera haber leído el código, sí lo haría si necesito ayuda, como por ejemplo, con respecto al alcance o interpretación de una norma.
Les aseguro que no tienen necesidad de mandarme a leer el código.
Sinceramente les agradezco a todos que hayan dedicado su tiempo en leer mis preguntas y en tomarse la molestia de contestarme.
Cuando empiezo a armar la demanda y a analizar el caso, me empiezan a surgir muchas dudas, muchas que leyendo las fui evacuando, muchas de las cuales hasta yo me di cuenta que las respuestas eran muy obvias, pero bueno, estoy realmente sola haciendo esto y lo quiero hacer lo mejor posible.
Por suerte soy consiente de que ignoro muchas cosas, porque eso me da la oportunidad de seguir aprendiendo.
Saludos a todos. Y nuevamente Gracias!!!!!!
 #523771  por guady123
 
Gracias por tu respuesta mariana 080280!!!!
Me podrás orientar con respecto en que parte me conviene hacer la mención. Pongo el convenio como prueba.? Agrego Otro Si? lo explico en los hechos?
Disculpá la insistencia en el tema, lo que pasa que a la tenencia de los chicos la tiene el papá (mi cliente), la cónyuge no creo que haga lio con respecto a los chicos porque la realidad e que ella los dejó y ahora tiene otra hija con su nuevo concuvino. Pero ella le dice a mi cliente que no le va a dar el divorcio que se lo va a complicar. No se que habrá pasado porque hasta hace un mes ella no tenía problemas en divorciarse. Aclaro que están separados hace ya más de 6 años.
Entonces quiero estar bien prevenida por si se complica con el tema de los chicos, eso si realmente me preocupa y es algo en lo que no me quiero equivocar.
Muchas gracias y agradecería la colaboración de todos los que me puedan ayudar.
Saludos