hola gente.
les comento que hoy presenté una pensión directa, de un fallecido sin afiliación autónoma.
Lo presenté con moratoria en cuotas, y algunos añitos en rrdd, pero sin aplicar art. 3 ni renuncia, ni prescripción. Sí apliqué art. 38.
Había llevado el escrito que aconsejaban algunos, y las resoluciones, y el chico que me lo tomó en UDAI SAN MIGUEL me dijo que al principio no se tomaban, pero ahora se toman y salen acordadas sin eso de la insistencia (era de cómputos).
Asi que ya saben...si cada udai es un mundo, acá va lo que pasa en el país de San Miguel...
les comento que hoy presenté una pensión directa, de un fallecido sin afiliación autónoma.
Lo presenté con moratoria en cuotas, y algunos añitos en rrdd, pero sin aplicar art. 3 ni renuncia, ni prescripción. Sí apliqué art. 38.
Había llevado el escrito que aconsejaban algunos, y las resoluciones, y el chico que me lo tomó en UDAI SAN MIGUEL me dijo que al principio no se tomaban, pero ahora se toman y salen acordadas sin eso de la insistencia (era de cómputos).
Asi que ya saben...si cada udai es un mundo, acá va lo que pasa en el país de San Miguel...
