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  • Honorarios por medida cautelar

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #518190  por angielica
 
Hola, se trabo un embargo sobre una suma de dinero depósitada en Banco, por una cuestión alimentaria luego de ello, la letrada renuncia el expediente- en esta instancia del proceso ingreso yo, y la misma parte que pidió la traba, luego de un arreglo con la contraparte y cumplida la obligación alimentaria, quiere levantar el embargo. V.V.S.S. solicita que previo al levantamiento se cumpla con el art. 21 de la ley 6716 inc 1 y 2- es decir que se le pagen los honorarios a la letrada que trabo el embargo.La suma embargada es de aprox $ 5300, leyendo la ley especifica que en caso de cautelares, se saca el 33 'porciento de lo que preve el art 7- Ahí me problema. interpreto correctamente EL art 27 ley de honorarios, diciendo que sacamos del once al 20 de la base y de eso el 33 porciento. en este supuesto me daría $349.8- si le aplico el 20 porciento , no será poco?? menos de 4 ius'? GRACIAS Y SALUDOS
 #518730  por chiqui79
 
tenes que pedir al juzgado que le regule los honorarios. no tiene regulacion??? y como los vas a pagar si no la tiene???
 #519047  por angielica
 
Hola, si hay que pedir que se los regulen así pagar los aportes e ingresos, lo que yo quería saber aproximadamente a cuanto puede llegar la regulación, lo tiene que pagar mi cliente, y adelantarle mas o menos lo que va a tener que juntar. Prevenir antes de curar jaja... saludos
 #520074  por chiqui79
 
yo te diria que no le calcules nada, proque le decis un monto y llega a ser mas y te va a matar cuando vos no tenes nada que ver. Decile que el monto lo pone el juez y que le vas a pedir que lo determine. yo le diria menos de mil pero no el monto, es efectivo exagerar en estos casos, despues te quieren como si el merito hubiese sido tuyo.