Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • URGENTE: CÒMO PEDIR SUSPENS. TERMINOS POR SUSTITUCION DE PAT

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #526753  por merceditas
 
URGENTE, NECESITO QUE ALGUIEN ME PASE UN MODELO DE SUSPENCIÒN DE TERMINOS EN VIRTUD DE SUSTITUCION DE ABOGADO PATROCINANTE, POR LO CUAL EL NUEVO NO TIENE IDEA DE LA CAUSA Y LE ESTAN CORRIENDO LOS PLAZOS PARA APELAR. eN TAL SENTIDO, SI VENCIERE EL LUNES CON CARGO PARA EXPRESAR AGRAVIOS, SI A PRIMERA HORA SOLICITO SUSPENSIÒN, SE HACE LUGAR Y POR CUANTO TIEMPO?
mIL GRACIAS A TODOS LOS Q RESPONDAN PORQ TOY DESEPERADA.
 #526788  por federic0
 
PLAZOS PROCESALES-INTERRUPCION DEL PLAZO-SUSPENSION DEL PLAZO-FUERZA MAYOR-FACULTADES DEL JUEZ
La suspensión o interrupción de los plazos procesales en el caso
del art. 157 - último párrafo - del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación, es materia que queda librada a la decisión
de los jueces del proceso, que deben valorar si existen causas
graves o de fuerza mayor que hicieran imposible la realización del
acto pendiente.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION , CAPITAL FEDERAL
(NAZARENO - MOLINE O'CONNOR - FAYT - BELLUSCIO - VAZQUEZ - BOGGIANO - LOPEZ - BOSSERT)
Procuración General de la Nación s/ suspensión de plazo de interposición del recurso.
SENTENCIA del 19 de Diciembre de 1995

Con lo cual estimo (dado el carácter restrictivo y excepcional que se le otorga a dicha facultad del juez) que una sustitución de patrocinio no configura una causa grave o de fuerza mayor tal, que amerite la procedencia de la suspensión que vas a solicitar.
 #526865  por antihique
 
Opino como los colegas que no es procedente.Que vence el plazo para apelar o la expresion de agravios???ya te has presentado como nueva abogada ?? de que modo ha renunciado el otro profesional??? cuando notificaron la renuncia??? ests preguntas son por las dudas que tengas algun otro escape temporal si es expresion de agravios,si solo es plazo para apelar,apela,luego podes desistir sino te conviene
 #526933  por merceditas
 
Muchas Gracias por responder. Vence el plazo para expresar agravios. Uhh q problema porque por lo poquito q se, de esa apelaciòn hay q armar incidente del art. 250 CPC, que tampoco se còmo se arma. Tengo q sacar copias del expte., pero cuàles? y desp quien arma el expte, en el mismo juzgado? Muchas gracias, y perdonen mi ignorancia, recien me recibo y en la facu no me enseñaron o no me acuerdo.