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  • Multa con cinemometro en Cordoba

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #526820  por cillanos
 
El día lunes 29 de marzo, nos labraron un acta de infracción en el Km.877 de la Ruta Nacional Nº9 Villa de María del Rio Seco Provincia de Córdoba; por según ellos “exceso de velocidad”, la que fue tomada por un cinemómetro marca STALKER LIDAR Nº80011 (única característica que registra del cinemómetro). La observación dicta: velocidad superior a la permitida, a 123Km/h a una distancia de 508 mts. del control. Aclara no sobrepasa ningún vehículo. Al entregarnos el acta nos emplazaron en el termino de 10 días hábiles al pago de una multa o un descargo por escrito ofreciendo las pruebas que considere oportunas… Mi marido se negó a firmar el acta y nos entregaron una copia. No hay foto alguna. y no hubo exceso de velocidad...
Por lo que estuve husmeando en la web existen varias irregularidades en el labrado del Acta:
-El Oficial actuante no se presento como tal
-No existían carteles indicadores de velocidad
-El sello del Acta dice: PUESTO DE CONTROL FIJO Va. MARIA (era un patrullero al costado de la ruta donde usaban de escritorio el capot del mismo)
-En el acta no especifica Código de Aprobación del INTI del cinemómetro lo que asegura que el equipo es apto.
-En el membrete del acta se presenta como Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito – Policía Caminera, tengo entendido que su función de contralor a realizar en los citados puestos es de naturaleza preventiva y pedagógica, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que correspondan cuando se verifique incumplimiento de la normativa vigente. Son quienes están a cargo de actuar como agente social motivador, procurando advertir recomendar y sugerir en torno a conductas deseables y actitudes que deben evitarse, entregando folletería y material ilustrativo editando con fines educativos sobre las normas de transito y seguridad vial…
Que debo hacer? GRACIAS
 #527204  por DAL
 
Tenés que hacr el descargo y lo podés hacer desde tu jurisdicción. Un abogado te asesorará y si no en Defensoría del PUeblo tambien.
Si el cinemometro esta habilitado o no se averigua en un organismo que lleva el contralor, no se quien será en Cordoba. Aca es la SEcretaría de Transporte de la Provincia.
 #527205  por DAL
 
Ahhh, todas esas irregularidades que apuntas no son tales. A vos te parece que la caminera esta para decirte, SEÑOR NO EXCEDA LA VELOCIDAD. Pero nada más??? no señor. Todas las vías POR LEY tienen indicadas sus velocidades máximas, no hacen falta carteles que lo indiquen.
 #527285  por luichi
 
Si bien algunos de los argumentos por ud. descriptos resultan valederos, le sugiero que no se deje llevar por la abundante cantidad de artículos, post y modelos de impugnación que podemos encontrar en internet. El mejor consejo que puedo brindarle es que se contacte con un abogado, en especial con alguno de los tantos colegas que se especializan en la materia.
 #583735  por albrecht
 
Comparto el comentario de Luichi, primero asesorarse con algun colega de su domicilio.
De todas fomras le dejo un consejo si usted vive a mas de 60 km del lugar donde le labraron el acta puede realizar el descargo en su domicilio,
No obstante, consulte con su abogado de confianza.
 #583815  por ecordoba
 
Yo he realizado diversos descargos en cuanto a fotomultas del interior de cordoba. Tiene un costo unico al ser via administrativa de $200. Cualquier cosa contacteme a dr.eduardomcordoba arroba hot mail punto com
 #583816  por ecordoba
 
Lo que si verifique si es realmente la Policia Caminera, de ser asi, le aconsejo que pague, salvo que sea expedida la multa por el municipio al que ud se refiere.