Hola a todos, necesito urgente ayuda/opinión sobre el siguiente tema:
Varias personas están trabajando como empleados "efectivos" en una Empresa y por lo tanto, se les reconoce su antiguedad desde su fecha de ingreso como personal "efectivo". El aspecto planteado es que todos ellos ya habían estado desarrollando tareas en dicha Empresa durante casi 8 años, previo a ser tomados como "efectivos". Trabajaron como personal de compañías contratistas que brindaban servicios de mantenimiento a dicha Empresa, con las siguientes características:
1-Siempre trabajaron en el sitio donde se emplaza la Empresa y con una continuidad casi ininterrumpida. Tenían que renunciar de una Contratista para pasar a la nueva que tomaba el contrato de servicio de mantenimiento. Así estuvieron durante casi 8 años hasta que luego fueron tomados como personal efectivo en la Empresa.
2- Aunque formaban parte de la dotación de las compañias contratistas, sus tareas siempre estuvieron supervisadas directamente por personal de la Empresa.
3-Las tareas que desarrollaron son casi similares a las que actualmente desarrollan como personal "efectivo" de la Empresa.
Sobre la base de los aspectos arriba mencionados, ¿es procedente intimar a la Empresa para que reconozca en la antiguedad de dichos empleados los 8 años previos en donde desarrollaron tareas como Contratistas?. Según el CCT que regula la actividad, ellos deben recibir un 1% de ajuste por cada año de antiguedad, además del reconimiento del período de vacaciones, etc. etc.
Les agradecería contar con sus opiniones o consejos sobre este tema, y desde ya muchas gracias !!!
Saludos.
Varias personas están trabajando como empleados "efectivos" en una Empresa y por lo tanto, se les reconoce su antiguedad desde su fecha de ingreso como personal "efectivo". El aspecto planteado es que todos ellos ya habían estado desarrollando tareas en dicha Empresa durante casi 8 años, previo a ser tomados como "efectivos". Trabajaron como personal de compañías contratistas que brindaban servicios de mantenimiento a dicha Empresa, con las siguientes características:
1-Siempre trabajaron en el sitio donde se emplaza la Empresa y con una continuidad casi ininterrumpida. Tenían que renunciar de una Contratista para pasar a la nueva que tomaba el contrato de servicio de mantenimiento. Así estuvieron durante casi 8 años hasta que luego fueron tomados como personal efectivo en la Empresa.
2- Aunque formaban parte de la dotación de las compañias contratistas, sus tareas siempre estuvieron supervisadas directamente por personal de la Empresa.
3-Las tareas que desarrollaron son casi similares a las que actualmente desarrollan como personal "efectivo" de la Empresa.
Sobre la base de los aspectos arriba mencionados, ¿es procedente intimar a la Empresa para que reconozca en la antiguedad de dichos empleados los 8 años previos en donde desarrollaron tareas como Contratistas?. Según el CCT que regula la actividad, ellos deben recibir un 1% de ajuste por cada año de antiguedad, además del reconimiento del período de vacaciones, etc. etc.
Les agradecería contar con sus opiniones o consejos sobre este tema, y desde ya muchas gracias !!!
Saludos.
