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  • sentencia con badaro y anses apela igual

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #521467  por drjrp
 
Que tal colegas? les hago una consulta hasta este caso, y desde la Resolución N° 955, nunca me apelaron una sentencia con caso Badaro, quisiera saber si es que se puede presentar algun escrito para que rechacen el recurso? Alguien me puede dar una mano!!?

Saludos y desde ya gracias
 #521832  por celiaEsc
 
No lo puedo creer. ¿pero te lo habrán apelado sólo por Badaro? o hay algo más?
Pensaba que ANSES, no apelaría más en esos casos.... saludos
 #524319  por coraso
 
Si, a veces apelan. Por lo que tengo entendido, la resolucion interna de Anses los faculta a no apelar, pero no les obliga a no hacerlo.
saludos
 #527092  por Alejandra Radua
 
Quién fue el colega que te apeló? Sos de Capital?
drjrp escribió:Que tal colegas? les hago una consulta hasta este caso, y desde la Resolución N° 955, nunca me apelaron una sentencia con caso Badaro, quisiera saber si es que se puede presentar algun escrito para que rechacen el recurso? Alguien me puede dar una mano!!?

Saludos y desde ya gracias
 #527096  por noelin
 
SI LA RESOLUCION ES CLARA, YO LO CONTESTARIA COMO CUESTION PREVIA EN EL TRaASLADO, PARA Q SE LA RECHACEN POR INCUMPLIR ORDENES EXPRESAS DE SU REPRESENTADO, Y EN SUBSIDIO AGREGARIA LO0S FUNDAMENTOS ESENCIALES DEL CASO
 #527335  por markello
 
drjrp escribió:Que tal colegas? les hago una consulta hasta este caso, y desde la Resolución N° 955, nunca me apelaron una sentencia con caso Badaro, quisiera saber si es que se puede presentar algun escrito para que rechacen el recurso? Alguien me puede dar una mano!!?

Saludos y desde ya gracias

Por favor, a mi me apelan todo y eso que varios de los colegas del Anses son amigos y conocidos, salvo algunas abogadas nuevas y jovencitas que no tengo relacion.
Recordemos que la Resolucion 955 fue del año 2008 y el art. 7 es facultativo y no obligatorio.
Art. 7º — Autorízase a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)
a consentir las movilidades dispuestas por las sentencias, con ajuste a la doctrina sentada
por el Superior Tribunal en el precedente B 675 XLI “Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSES s/ reajustes

Los casos badaro que presente oportunamante (exclusivamente movilidad), refieren a clientes anteriores con los que cobramos poco con el CHOCOBAR y por tener sentencia con antelación a dicha resolucion,fueron objeto de apelacion que al dia de la fecha esperan liquidacion, PERO APELARON.

Tengo en primera instancia algunos con SOLO MOVILIDAD y aun no estoy en termino para sentencia, veamos si aplican o no la Facultad del art. 7.

Las otras acciones judiciales que he iniciado a posteriori incluyen BADARO, ELLIFF, CIRILLO, SANCHEZ, ZAGARI, ETC, y en ESOS me APELARON TODOS y me justifican la apelacion atento solicitar REAJUSTE DE HABERES Y MOVILIDAD.


ES mas, tampoco tuve suerte con la facultad que tiene la demandada con el desestimiento del RECURSO EXTRAORDINARIO que reza el art. 5 de la misma resolucion.

Art. 5º — Incorpórase como artículo 6º del Anexo I de la Resolución de la SECRETARIA DE
SEGURIDAD SOCIAL Nº 23/2004, el siguiente texto:
“ARTICULO 6º — DESISTIMIENTO RECURSOS EXTRAORDINARIOS. Autorízase a la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a desistir los recursos extraordinarios en trámite
por ante la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION de aquellas sentencias que fueran
dictadas de conformidad con los precedentes ‘Gemelli Esther Noemí’, ‘Massani de Sese Zulema Beatriz’
y ‘Siri Ricardo Juan’ a los regímenes establecidos por las Leyes Nros. 24.016, 22.929 y 22.731
respectivamente.”

ASi que no te asombres, a mi al menos me APELAN TODO.

Lo unico que no hacen es IR EN QUEJA a la Corte por alguna apelacion rechazada en las Salas.
saludos

PD: QUE SUERTE QUE NO TE APELARON ANTES, pero tengo la duda si has pedido TODO lo que puede reajustarse sobre el beneficio o solo la movilidad del caso badaro.
 #527369  por diegomdp
 
no te preocupes a nosotros tambien nos apelan todo y es logico porque en ninguna pedimos badaro solo, por que el unico caso que me llego que ya tiene chocobar por lo que iba a pedir movilidad poer badaro el calculo no dio derecho a reajuste aunque el abogado que ya le habia hecho chocobar y por el cual la liquidacion le habia dado cero pretedia hacerle otro por badaro.
en los demas como pedimos reajuste de haber inicial mas movilidad nos apelan siempre
 #527385  por Alejandra Radua
 
No le dio derecho a reajuste?
diegomdp escribió:no te preocupes a nosotros tambien nos apelan todo y es logico porque en ninguna pedimos badaro solo, por que el unico caso que me llego que ya tiene chocobar por lo que iba a pedir movilidad poer badaro el calculo no dio derecho a reajuste aunque el abogado que ya le habia hecho chocobar y por el cual la liquidacion le habia dado cero pretedia hacerle otro por badaro.
en los demas como pedimos reajuste de haber inicial mas movilidad nos apelan siempre
 #527392  por diegomdp
 
no no le dio la sentencia esta redactada de una manera confusa en un punto dice que reajuste el haber inicial y la movilidadad conforme un considerando previo y cuando vas al considerando previo solo habla de la movilidad segun lo dispuesto en chocobar, y asi quedo firme la sentencia y se hizo la liquidacion, solo de la movilidad sin reajuste de haber inicial.
Es de una conocida volvio a su abogado original y le dijo que le hacia otro juicio por badaro, por eso me llamo y decidi controlarle la liquidacion y hacerle el calculo y efectivamente no da saldo a favor si se liquida solo con movilidad y tampoco si le aplicas badaro solo a la movilidad ya calculada(estamos hablando de una pension).
Si daria derecho si le aplicas nivel general de remuneracion y despues badaro hasta la fecha de fallecimiento del causante pero bueno estamos viendo si encontramos algo para atacar ese punto donde manda a reajustar haber inicial y movilidad segun el considerando anterior y el consideerando anterior solo habla de movilidad por lo que nunca se le reajusto el haber inicial
 #527522  por GAVA
 
A mi tambien me estan volviendo a interponer recurso, hubo mas o menos un mes que fue febrero que consintieron varias sentencias pero ya te diria que apelan la mayoria. Me parece que mas que una cuestion de los abogados es una cuestion de politica si dejan consentir todos los exptes. no pagan a nadie, de hecho ya en la Gerencia de Liquidacion se estan pasando largamente los 120 dias que antes respetaban bastante.