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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #527804  por gustavofer2009
 
Inicie una ejecucion de honorarios, solicite se libren oficios a determinados bancos para que informen si la ejecutada tiene cuentas bancarias en algunas de las sucursales por ejemplo banco de la pcia de bs as mi duda es: tengo que solicitar que informen solamente si tienen cuenta y en su caso numero de la misma y sucursal o bien puedo solicitar aparte de esto si la misma tiene fondos y cuanto es la suma?
Si alguien tiene un modelo de este tipo de oficios, se lo agradezco
 #528195  por ANAMARIAP
 
Hola, ¿por qué mandaste averiguar solo determinador bancos? Con un oficioal Banco Central, este envía circular a todos los bancos para que informen si fulano tiene cuentas, caja de ahorro, caja de seguridad.... etc. Si alguno te viene positivo pediría informen numero de la misma. Tengo un oficio, lo busco y te lo envio. Un saludo
 #528197  por ANAMARIAP
 
lo encontré, era para que informen si el causante de una sucesion tenia mas bienes, pero podes adaptarlo:
OFICIO LEY 22.172

Buenos Aires, de Mayo 2009.

Al Señor Presidente del

Banco Central de la República Argentina

S./ D.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de letrada patrocinante de fulano presentada en los autos caratulados: "tal y tal sobre tal", Causa nº 0000000/2009, en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº ..., a cargo del Dr. ......, Secretaría Unica, del Departamento Judicial de ....., sito en .., 2º Piso, de ....., ejerciendo las atribuciones que me otorga el art. 398 del C.P.C.C., a los efectos de solicitarle disponga lo necesario para que se requiera a los Bancos y demás instituciones financieras bajo su contralor, que informen si el causante, Sr. ......, DNI ....., CUIT 20-......-1, era titular de cajas de seguridad, créditos, acciones, títulos públicos y privados, pagarés, letras de cambio, obligaciones negociables, debentures, warrants, letras hipotecarias u otros títulos de crédito, cuotas de participación de cualquier especie, disponibilidades, fondos o valores de cualquier tipo en moneda nacional o extranjera o en metal con valor de cambio, cuya titularidad o cotitularidad corresponda al causante, incluyendo los depósitos o saldos en cuenta corriente, plazo fijo, caja de ahorro, o los que provengan de dividendos u operaciones con acciones, títulos públicos o privados, o de comercio internacional.-

Toda vez que dicha información esta amparada por el "secreto bancario" instituído por el art 39 de la ley 21.526 y que para acceder a la misma se debe contar con resolución expresa que autorice su relevamiento a fin de emitir oportunamente la comunicación "D" a todas las entidades del sistema, se transcribe el auto que lo ordena: "....., 6 de mayo de 2009. A los mismos fines y efectos que el librado a fs. 15, líbrese nuevo oficio en la forma requerida. Fdo. ........ Juez".-

Los Dres. ......y/..... 8) , están autorizados para el diligenciamiento del presente oficio.

Saludo a Ud. con mi mayor consideración.-