federic0 escribió:Aprovecho este post para hacer una observación:LuLuciana escribió:Coincido con Liza, se puede presentar con un solo letrado. Tenes que preparar un escrito con la misma forma que una demanda ( objeto, hechos, derechos, prueba documental, etc) y adjuntarle el convenio de alimentos, regimen de visitas y tenencia. En algunos tribunales te piden que adjuntes una copia del convenio para ser registrado, yo por las dudas siempre adjunto una copia de todo.Lo que te dije como "consejo" de un letrado por cada parte, es porque en el caso de incumplimiento no vas a poder patrocinar a una de las partes en la ejecución, ya que fuiste patrocinante de ambos y podés llegar a tener problemas a futuro... Eso está en vos... Saludos.
No es necesario certificar las firmas ni pagar ningún timbrado, en el peor de los casos te pueden llamar para una audiencia de reconocimiento de firma y contenido (depende del tribunal).
Mucha Suerte
No deja de llamarme la atención cómo se suele leer apuradamente y se pierde lo interesante del aporte de algún colega en pos de la crítica.
Si se relee el post de Federico varios posts más arriba, se verá que claramente da un consejo.
En ningún lugar dice que no pueda patrocinar un solo letrado, sino que recomienda que haya dos, como bien dice, por conveniencia del propio letrado.
Siempre que pueda haber algún punto litigioso en un convenio o divorcio, incluso en los llamados de común acuerdo (que de acordados solo suelen guardar las formalidades; de lo contrario no se explican los innumerables incidentes posteriores), es de nuestro propio interés que patrocinemos a una sola parte, porque luego, si surgen incidentes o incumplimientos, no podremos patrocinar a ninguno de los dos.
De más está decir que comparto la opinión del colega.
Cordialmente,
Magna