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  • SDM VERIFICACION otra arbitrariedad del ANSES

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #528725  por Lucas010
 
Para Lawyer: Estoy de acuerdo contigo, ya lo manifesté antes, yo estoy en el Chaco. No veo como hacer una reunión y juntarnos todos, me parece que va a tener que ser un grupo de alguna manera descentralizado, aunque lo pienso bien la presión la debemos hacer en Bs. As. que es donde se encuentra la cede central.

Para Noelín, tocaste otro punto neurálgico ellos saben que muchas veces van contra el derecho, el tema es que no tienen ninguna responsabilidad, sacan estas normas y nadie es responsable y ademas te dejan el camino del reclamo judicial con lo que se puede prolongar el plazo indeterminadamente, en definitiva no te queda otra que acatar lo que te dice.
De ahí creo que de alguna manera hay que hacer responsable a alguien, el director, el que emite las leyes o el que las aplica, pero alguien de tal manera que no quiera poner la firma. Por ejemplo, es arto sabido que no es necesario tener inscripción en autónomo para poder pensionarse, pero igual te lo deniegan en iniciación y posterior liquidación, alguien debería ser responsable de eso.
 #528749  por lawyer2007
 
si noelin son lineas q bajan primero eran ( las circulares ) literalmente
procedimientos para llevar a cabo el trabajo del personal de anses
, para luego convertirse en practicamente macabros mecanismos de arbitrariedad
sobre el derecho de nuestros clientes
 #528771  por lawyer2007
 
IDEAS de" la union "como dice" MCB" UNION DE ABOGADOS PREVISIONALISTAS JEJE!!!
1.- Podriamos hacer un abrazo simbolico en cordoba 720 central de anses y que
vengan los medios para que la sociedad se entere, esto al gobierno lo hara reflexionar y los pondria en una situacion incomoda , antes de las eleccione seria ideal pero primero tendriamos que haber hecho una reunion quizas en Bs AS y definir los lineamientos

2.- otra seria que el jefe de anses o director general nos reciba , pero para ello deberiamos tener por
lo menos personeria o constituir una Asamblea

3.- etc..... hagamos mas propuestas bueno me estoy adelantando .......

Necesitamos definir creo ahora el lugar de reunion y los colegas del interior que no puedan venir si resolvemos en BS AS pueden participar on line desde internet para ello puede ser desde un bar con wifi hasta un salon de hotel Y con algun colega de BS as que AYUDE Y REPRESENTE AL DEL INTERIOR con noteboock puede transmitirle la reunion e incluso decir su opinion
Alguien puede proponer algun lugar ???? y empezamos !!!
 #528988  por andrea1982
 
lawyer2007 escribió:Andrea permitime disentir con vos en lo siguiente, no es lo mismo relacion de dependencia que trabajo autonomo
si estamos hablando de relacion de dependencia cobraria para mi mas sentido lo que decis , fijate que no
se puede verificar el trabajo independiente escapa al sentido comun y al lo impuesto por la normativa vigente , aparte nadie esta obligado a hacer lo que la ley no mande , la circular no es una ley te aclaro eso , es el sistema que implantaron para dictar sus propias leyes los arbitrarios de Anses , pero no es ley alguna entonces vos que estudiaste igual que yo lo sabes y me parece que estarias de acuerdo en ese punto no hay que ser mas papista que el papa , por otro lado no existe para mi loque decis fraude porque la misma ley 24476 permite la compra de aportes extemporaneos, ademaS MUCHA GENTE SE INSCRIBE , NO TRABAJA MAS Y LA afip LE COBRA IGUAL TODOAS los mese aunque no haya trabajado solo por no hacer la baja estoy plagado de esos casos entonces que decis que la AFIP esta defraudando a los contribuyentes ????
qiero culminar y dar con esto porsentado que si ustedes no lo saben yo se los digo LA ANSES EN MUCHISIMAS UDAI REALIZAN ELLOS LA JUBILACION Y LES MANDAN A PAGRA SDM AUTONOMOS ELLOS MISMOS LIQUIDAN ASI ENTONCES QUE HAZ LO QUE YO DIGO PERO NO LO QUE YO HAGO COMO ES ESTO COLEGAS EXPLIQUENME .....
sALUDOS LAWYER
Lawyer2007, Anses tiene la facultad de verificar, de hecho, aun antes, cuando era Caja, verificaba incluso los aportes autonomos, iban preguntaban a los vecinos, etc.
La circular, no es una ley, es un acto de la administración, que como tal, no alcanza al administrado, no lo implantó ANSeS, son, para decirlo de alguna manera, pautas de trabajo internas de la administración no OPONIBLES al administrado, por lo tanto, no podrían restringuir los medios de prueba, pero si dar pautas para su valoración.
En cuanto a la "defraudación", podría tipificar, creo que por una cuestión de politica criminal no se persigue, y además, porque lo sería en la medida que defraudes al fisco, por ejemplo, vos podés estar inscripto, por ejemplo, toda tu vida como empresario (000), que es una categoría D, pero si tenés deudas poder declarar que fuiste albañil (cuando en realidad eras empresario) y pagar en una A, en dicho caso podría haber una defraudación, porque te estás declarando en una actividad donde se aporta mucho menos de lo que decís. La actividad ama de casa existe, creo que es una categoría B, por ende, bastante más cara el SDM.
AFIP te cobra, en tanto y en cuanto estes inscripto, y no te hayas dado de bajo, para ANSeS existe el cese ficto, no veo por qué habría defraudación de AFIP, si vos estás inscripto y no te das de baja se presume que estás en actividad.

Yo iría por algo más juridico, por ejemplo, teoría de los actos propios, pero lo veo dificil cuando se sabe que la persona realmente no fue empleado/a domestica.
Plantearía mas el tema de la desigualdad en un tope temporal y arbitrario en la moratoria, por qué hasta el 9/93?
 #528989  por andrea1982
 
Fijate que la facultad de controlar de ANSeS, es tal que tiene una Gerencia de Control y prevención de fraude. (decreto 893/01)

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Establecer y operar una política de control dentro de la organización que permita la prevención y la detección del fraude, tanto para las prestaciones otorgadas por el Organismo como también en lo relativo a los ingresos del Sistema Unico de la Seguridad Social provenientes de aportes y contribuciones.

Es la unidad responsable de coordinar las actividades sobre inspecciones e investigaciones especiales.

ACCIONES

a) Establecer y administrar una política de control interno en orden a desarrollar la detección y eliminación del fraude.

b) Diseñar, administrar y evaluar procesos de control que aseguren la calidad de la información ingresada a los sistemas y de su documentación respaldatoria, con el objeto de minimizar el riesgo de fraude.

c) Diseñar, administrar y evaluar procesos que permitan la rápida detección masiva de casos irregulares.

d) Implementar acciones de seguimiento administrativo en los casos detectados y/o fraude.

e) Coordinar la actividad referida al inicio, seguimiento y firma de expedientes de validación de pagos.

f) Brindar el marco funcional de los Grupos de Control.

g) Desarrollar investigaciones referidas a la revisión de trámites otorgados o denegados tendientes a la evaluación de los mismos en función de grupos de riesgo detectados.

h) Coordinar y supervisar funcionalmente las tareas de detección del cumplimiento de aportes y contribuciones conforme los planes y programas dispuestos.

i) Ejecutar investigaciones especiales tendientes al esclarecimiento de situaciones riesgosas.
 #528990  por Buscadora
 
Hola, Soy nueva en el foro. Me preocupa también este tema y quería preguntarles: ¿ven riesgo de que, en casos en que efectivamente se declare quién fue el dador de trabajo, después caiga la AFIP a tratar de establecer si el período en el que la persona trabajó fue mayor al declarado y empiece a reclamar? Digo esto por un caso que es real de servicio doméstico, pero a la persona dadora de trabajo, que le quiere pagar de onda los años fuera del Sicam, no le hace ninguna gracia tener que aparecer en los papeles. ¿Creen que puede haber un riesgo de que investiguen esos Cuit que piden en la declaración jurada nueva que pide la Anses?
 #529021  por noelin
 
yo propongo, antes de cualq medida en la capital, inundar al director ejecutivo con reclamos tipo sobre el tema de las pensionadas y ahora lo nuevo de sdm, y quiza la posibilidad de pension a los jovenes fallecidos; siempre dejando a salvo recurrir a los medios para demostrtar la arbitrariedad de ciertas circulares, claro en los sdm, no se si se puede....
 #529042  por tita1955
 
ESTIMADOS FORISTAS :EL OTRO DIA EN UNA UDAI DE ENTRE RIOS ME COMENTARON QUE ALGUNAS SUSCURSALES DEL ANSES EN EL INTERIOR NO TIENE CASI NADA DE TRABAJO Y POR ESO PIDEN EXPEDIENTES A OTRAS LOCALIDADES QUE ESTAN ATIBORRADAS MAS O MENOS (NO TANTO COMO HACE 2 AÑOS) SUMADO A GENTE QUE INCORPORARON DE LAS AFJP LES DA MUCHO PERSONAL PARA POCO TRABAJO Y LA IDEA ES EN UN FUTURO DESDE EL PRINCIPIO HASTA EL FINAL HACER LAS JUBILACIONES ELLOS O SEA EL PERSONAL DE ANSES OSEA CHAU GESTORES Y TAMBIEN CHAU ABOGADOS.OJO NO LO ESTOY DICIENDO CON MALDAD ,YO VIVO DE ESTO TAMBIEN,PERO UDS ESTARAN DE ACUERDO QUE TODO SE MUEVE EN FUNCION DE LA POLITICA Y LO QUE AYER TE DIERON HOY TE LO SACAN.HAY QUE PENSAR EN ALTERNATIVAS QUIZAS LA SOLUCION LA DE LA AFIP CON ALGUN NUEVO PLAN.SALUDOS.NO QUISE OFENDER A NADIE POR FAVOR.
 #529056  por lawyer2007
 
mmm lo de chau , me parece que solo es idea tuya o del q te lo dijo los bogas siempre hicimos jubilaciones antes y despues de la 24476 me parece que si no sacan algo pronto van a correr peligro muchos iniciadores sobretodos los que no estan en planta permanente solo es mi opinion sin animo de ofender a nadie
Ahora si no nos ponemos las pilas esta situacion nos va a jugar en contra veo que ya
entraron al post mas de 200 personas y solo participaron algo de 10 ,nadie todavia propuso un lugar donde hacer lña reunion me parece que como abogados tenemos que participar mas o comprometernos mas con lo que nos atañe dia dia , que tenemos que perder un poco de tiempo , podemos ganar mucho unidos , lo que plantea noelin de cartas independientes me parece que no tiene fuerza , los tribunales estan abarroTADOS DE EXTES. y esto no hace cambiar nada en general , solo en caso particulaR si la sentencia es favorable DESPUES DE VARIOS AÑOS solo es una larga espera que los favorece , lo que me mandaste noelin
si , son facultades pero no es lo que te conteste , te reitero no es delito lo que no esta legislado la compra de aprtes como trabajador independiente no esta legislado como delito la 24476 permite la compra de aportes extemporanesos e independientes si fuera delito no se hubiera redactado..... y no es necesario presentar nada no , ahora que gracioso , me imagino a una costurera presentando certificacion de servicios ade todos los clientes a los que les confeccionó pantalones remeras etc... o ala pobre empleada domestica que trabajó en varias casas por muchos años como
independiente y le pide que los dadores de t le firmen , nadie lo va a querer firmar y es imposible completarlo lque discriminacion el codigo penal es taxativo no enunciativo.
loque pasean por el post por favor participen ..... solo leyendo no vamos a lograr nada
Saludos Lawyer 2007
 #529164  por andrea1982
 
Creo que la gente no participa porque no hay interés en buscar una solución por la fuerza, "abrazando una UDAI" o yendo al colegio de abogados, sino, que estás buscando una solución más juridica.
En lo personal no hago previsional, porque no tengo ni siquiera matrícula todavía.
Me parece que el colegio de abogados nada tiene que ver, ya que no se está afectando el desarrollo del trabajo del profesional.
La circular, en tanto no limite ni agregue medios de pruebas de manera taxativa, es legal, ya que, por lo que yo entiendo, lo que da, son pautas de valoración de la prueba. Que de paso, yo conozco casos en donde se fueron a verificar servicios autonomos, uno, por ejemplo, de una señora que hasta tenía titulo de modista, por supuesto que las "certificaciones de servicios" no son la única prueba.
Los pagos extemporáneos no son ilegales, y menos delito, siempre existieron moratorias, entiendo que tampoco sería delito si vos aportas en una actividad distinta a la que haces pero pagas en una misma categoría. Pero si podría ser una defraudación pagar en una A (por ejemplo com albañil) y ser empresario que es una categoría D, como por ejemplo podría serlo, regularizar tu situación con una moratoria pagando una categoría mucho más baja de la que te correspondía (consultar ley 24769)
El hecho de que los empleados de ANSeS le aconsejen a la gente que pague SDM no significa juridicamente nada (salvo instigación al delito por parte de los propios empleados, que podría configurarse la comisión de algún delito de la ley 24769, con la agravante del art. 13 de la misma o, alguna de las defraudaciones del codigo penal, CP o de la ley de procedimiento fiscal), pero yo no conozco normativa alguna de ANSeS, ni acto de la administración, ni acto administrativo donde se aconseje, expresamente, comprar SDM. O sea que esa invocación la puede hacer doña Rosa en la charla con el verdulero, pero no podés invocarla, por ejemplo, ante un juzgado.
Lo que yo sostengo es que, si la administración vino consintiendo que la gente se acogiera a moratorias a sabiendas que era gente que nunca había trabajado y jamás exigió pruebas, si durante tanto tiempo consintió el pago de serivicio doméstico, hoy no podría ponerse, de golpe más exigente, ni siquiera, en cuanto a la valoración de las pruebas, porque iría en contra de la teoría de los actos propios, pero como lo que se pretende es evitar el fraude, vos podés invocar la teoría de los actos propios, en tanto y en cuanto no estés vos también cometiendo delito alguno, o mientiendo sobre la situación real de tu cliente. Bastante ridiculo quedaría el abogado que fuese ante su señoria y dijiese "mi clienta nunca trabajo, y ANSeS no al deja que le mienta y le pague SDM". Tampoco podés invocar delitos ajenos.
Te recuerdo, además, que no solo en el codigo penal están los delitos, podés consultas la 24769 art. 7 al 9, art. 46 la ley de procedimiento fiscal y el art. 172 CP con la agravante del art. 174 inc. 5, antes de que, por querer defender tu trabajo o los derechos de tu cliente, termines reconociendo un delito. Ojo! no estoy diciendo que tu intención sea cometer un delito, sino que vos estás diciendo que en ningún lado lo dice y si existe normativa vigente al respeto, así, que deberías tener cuidado con lo que invocas. Si tu cliente realmente no le correspondía realmente pagar servicio doméstico, te va a ser dificil defenderlo (en esos términos), lo mejor sería aconsejarle, que pague en una actividad un poquito más cara pero más segura, en autonomos, tenés, por ejemplo "ama de casa", advertirle lo que puede pasar. Si fuese que de verdad fue empleada domestica, yo saldría a defenderla con todas las armas posibles, porque la situación seria demasiado injusta.
De todas formas, en lo personal creo que no va a pasar nada, el SDM va a seguir como siempre, porque la intención es seguir dando jubilaciones y no cortalas, si asi fuese, hubiesen ido a verificar a todos los albañiles y costureras.


ARTICULO 7° — Será reprimido con prisión de dos a seis anos el obligado, que mediante declaraciones engañosas, ocultaciones maliciosas o cualquier otro ardid o engaño, sea por acción o por omisión, evadiere parcial o totalmente al fisco nacional el pago de aportes o contribuciones o ambos conjuntamente, correspondientes al sistema de la seguridad social, siempre que el monto evadido excediere la suma de veinte mil pesos ($ 20.000) por cada período. (condición O. de punibilidad)

ARTICULO 46 — El que mediante declaraciones engañosas u ocultación maliciosa, sea por acción u omisión, defraudare al Fisco, será reprimido con multa de DOS (2) hasta DIEZ (10) veces el importe del tributo evadido.

ARTICULO 172. - Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que defraudare a otro con nombre supuesto, calidad simulada, falsos títulos, influencia mentida, abuso de confianza o aparentando bienes, crédito, comisión, empresa o negociación o valiéndose de cualquier otro ardid o engaño. (con la agravante del art. 174 inc. 5)
 #529439  por lawyer2007
 
Noelin Mirá no tengo intencion de discutir mas el tema, cierro intercambio epistolar( es chiste ), no estoy de acuerdo con tu postura los articulos que me mandas no tipifican ni tampoco me parece que me mandes un listado de las facultades
del Anses cuando lo importante es otra cosa, no se porque defendes tanto al ANSES.No entiendo que es lo que queres, disculpame sin animos de ofender te pido me dejes ahora hacer la reunion en es este post que es lo que mas importa , si queres abri un post sobre tus opiniones de fraude , Gracias y
Saludos de lawyer2007
 #529472  por andrea1982
 
Le estás respondiendo a Noelin, que no tiene nada que ver, ya que fui yo quien escribió, yo no estoy de acuerdo con la circular y para nada defiendo a ANSeS, pero me parece que para atacarla, hay que tener fundamentos jurídicos, y no me parece que la solución sea ir al colegio de abogados o hacer un "abrazo simbólico", porque eso lo puede hacer cualquiera. Es evidente que a nadie le interesa en este foro. Yo te mando las facultades de ANSeS, porque evidentemente las desconoces, asi como también desconoces la ley penal tributario, para mi, si vos sos de una categoría mas alta, y aportas en una más baja es una defraudación (evidentemente para ANSeS también), estés de acuerdo o no, es algo que deberías tener en cuenta al momento de defender a tu cliente, para que no termine confesando la posible comisión de un delito. Yo no digo que la gente tengo el dolo de delinquir, por supuesto que no, tenés que tener cuidado de que, por querer defender tu postura, perjudiques a tu cliente, acordate que el derecho es un sistema, y que todas las ramas están interrelacionadas.

Otra cosas, Imaginate si van los medios, explicale al tipo que aporta todos los meses, que vos estás escandalizado porque una señora que nunca trabajo quiere que le den su jubilación pagando unos pocos pesos... Yo escuché ya a muchisima gente decir que al final los que nunca aportaron también tienen jubilación, asi que no se si vas a tener un apoyo masivo como el que pretendes.

Si a vos no te sirve, no lo uses, si vos considerás que es lícito, y violatorio del derecho a la igual, y arbitrario e inconstitucional, presentá un amparo diciendo que tu clienta nunca trabajó y ahora se quiere jubilar pagando SDM y moratoria.
De todas formas, me parece que la situación no es tan crítica como pareció en un primer momento, la circular no deja de ser circular.

Lamento que no te haya sido util la info que te pase.



Insisto con lo mismo, es totalmente discutible en el caso de los que pagaron SDM siendo de verdad empleadas domésticas, ya que se viola claramente la teoría de los actos propios, pero me parece que para quienes realmente no trabajaron, hay que buscarle otra vuelta.
 #529493  por lawyer2007
 
ANDREA vos hablas de categorias de autonomos aportes en otra categoria que tiene que ver con SDM , el abrazo simbolico es una idea de tantas si no te gusta me parece bien pero no es agresiva como decis , "el abrazo lo hace cualquiera", lo dudo .
Ahora te reitero confundis lo que decis cortas y pegas articulos y no entendes lo que pones nada tiene que ver muchas cosas que decis disculpame pero yo no digo que este defendiendo a un cliente mio o que haya realizado SDM solo doy mi opinion juridica en este foro .si en este foro lo aconsejaste o dijiste "yo compro" yo no creo que tengas que preocuparte por eso .
quedate tranquila solo estas confundiendo las cosas. Yo no me considero gran abogado no, modestamente todos los dias aprendo unpoco mas y esta carrera es muy dificil pero , vos como estudiante de derecho me parece que te falta mucho por entender o razonar
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