Hola: tengo una duda, tengo una señora cuyo concubino falleció durante la vigencia de ley 18038, quiere solicitar ahora la inclusión en la pensión que recibe su hijo, porque éste va a cumplir 21. La ley aplicable en las pensiones es aquella que regía al fallecimiento del causante. Pero esa ley NO DISPONIA UNA PENSION PARA LAS CONVIVIENTES. Mi duda es
-¿si tiene derecho a la pensión como concubina, por aplicación de la ley más benigna?,
-¿o por qué otro fundamento?? Muchas gracias . Saludos
-¿si tiene derecho a la pensión como concubina, por aplicación de la ley más benigna?,
-¿o por qué otro fundamento?? Muchas gracias . Saludos
Celia
