Hola a todos. Quisiera saber si se puede demandar el despido indirecto en caso de estar parcialmente en negro, esto es cobrar la mitad del sueldo en el banco y la otra en mano, siendo que en el recibo de sueldo figura el total. Ademas la fecha de ingreso es un año posterior a la real, y de esto hace 6 años. La persona consiguio otro empleo y se va en unos dias, puede de todas maneras considerarse despedida en forma indirecta? O debe mandar carta documento al empleador para corregir la situacion y a la Afip segun 24013? Y como hace con la renuncia?
El caso es de capital, por favor necesito orientacion de todos ustedes que la tiene mas clara con el tema. Muchas gracias
El caso es de capital, por favor necesito orientacion de todos ustedes que la tiene mas clara con el tema. Muchas gracias