Buenas tardes. Es la primera vez que ingreso asi que espero ser clara al realizar la consulta, que es la siguiente:
Una persona que actualmente es portera de una Escuela Especial (pública) en Pcia de Bs As, la notificaron que por la edad (65 años) debe cesar y la intimaron a iniciar su jubilación. Le dieron fecha de cese el 1º/09/10. La cuestión es que en realidad tiene más años aportados a ANSeS (en Pcia tendrá 15 años y 15 días al 1º/09/10) por lo que correspondería que acceda a la jubilacion ordinaria en Nación ya que en Pcia no le alcanzan los años aportados. Podría alguien explicarme cómo debería hacer el trámite: tengo que pedir un reco de servicios en pcia? necesariamente tiene que cesar en el cargo el 1º/09/10? puede pedirse una suspension de ese plazo? en el C. Escolar y en la Dir de Jubil no me supieron decir porque deben consultarlo con "Legales", el día que fui habían otras personas en la misma situación. El tema es que hasta que el IPS reconozca los años y los lleve a ANSeS quizás se demore mucho tiempo, y va a estar sin cobrar porque en Nación no existe el anticipo. En ANSeS ya tengo los otros años reconocidos.
Por otra parte, en la Escuela Especial presta servicios desde el 14/04/2003 (y se supone que lo hará hasta el 1º/09/10), se computan de una forma en especial?
Gracias por ayudarme, realmente me preocupa.
Una persona que actualmente es portera de una Escuela Especial (pública) en Pcia de Bs As, la notificaron que por la edad (65 años) debe cesar y la intimaron a iniciar su jubilación. Le dieron fecha de cese el 1º/09/10. La cuestión es que en realidad tiene más años aportados a ANSeS (en Pcia tendrá 15 años y 15 días al 1º/09/10) por lo que correspondería que acceda a la jubilacion ordinaria en Nación ya que en Pcia no le alcanzan los años aportados. Podría alguien explicarme cómo debería hacer el trámite: tengo que pedir un reco de servicios en pcia? necesariamente tiene que cesar en el cargo el 1º/09/10? puede pedirse una suspension de ese plazo? en el C. Escolar y en la Dir de Jubil no me supieron decir porque deben consultarlo con "Legales", el día que fui habían otras personas en la misma situación. El tema es que hasta que el IPS reconozca los años y los lleve a ANSeS quizás se demore mucho tiempo, y va a estar sin cobrar porque en Nación no existe el anticipo. En ANSeS ya tengo los otros años reconocidos.
Por otra parte, en la Escuela Especial presta servicios desde el 14/04/2003 (y se supone que lo hará hasta el 1º/09/10), se computan de una forma en especial?
Gracias por ayudarme, realmente me preocupa.
