Hola colegas! Pongo en comun un caso reciente, debo contestar a la brevedad ya que el TCL se recibio ayer. Represento al empleador. Relación laboral de 13 meses y pico, en negro. Al ser remis, tiene cedula azul, y testigos p probar la relación. Frente al despido verbal, envia TCL intimando pago salario mes marzo, aguinaldo adeudado, e intima registración x 24013.
Analizando la respuesta a dar por el empleador, son 2 las opciones que se eme presentaron:
1. Rechazar y deconocer relación laboral: siguiendo este camino, se enfrenta a una demanda de 40.000 (segun la liquidación que estimé).-
2. Ofrecer cumplir: tanto salario como aguinaldo, ponerlo a su disposición. Y manifestar que se va a registrar la relación laboral. A continuación, intimar a que retome tareas, siendo cualquier retención considerada ielgal, bajo aperc. abandono de trabajo. El trabajador debería presentarse a trabajar en 48hs. bajo apercibimiento de extinción del contrato de trabajo por su exclusiva culpa... si no lo hace, CD ruptura de vinculo. Empleador abona liquidación final. ACA se me presenta la DUDA respecto de que no haya nada que se me este escapando... PORQUE la relación NO estaría registrada por el empleador, quien solo OFRECIO cumplir.... y se produce el distracto antes, me explico?? es posible igual no?? Abona liquidación final con recibo, y nunca registro... es correcto??
Si se presentara a trabajar, debería esperar los 30 días, pasados los cuales, si el empleador no registro la relación, podría considerarse despedido por la 24013. En ese caso, esta en la msima situación que estaría hoy rechazando todo, solo que ya abono las diferencias salariales reclamadas...
Que opinan de esta estrategia???
Tengo que contestar mañana!!!
Espero sus comentarios! gracias
Analizando la respuesta a dar por el empleador, son 2 las opciones que se eme presentaron:
1. Rechazar y deconocer relación laboral: siguiendo este camino, se enfrenta a una demanda de 40.000 (segun la liquidación que estimé).-
2. Ofrecer cumplir: tanto salario como aguinaldo, ponerlo a su disposición. Y manifestar que se va a registrar la relación laboral. A continuación, intimar a que retome tareas, siendo cualquier retención considerada ielgal, bajo aperc. abandono de trabajo. El trabajador debería presentarse a trabajar en 48hs. bajo apercibimiento de extinción del contrato de trabajo por su exclusiva culpa... si no lo hace, CD ruptura de vinculo. Empleador abona liquidación final. ACA se me presenta la DUDA respecto de que no haya nada que se me este escapando... PORQUE la relación NO estaría registrada por el empleador, quien solo OFRECIO cumplir.... y se produce el distracto antes, me explico?? es posible igual no?? Abona liquidación final con recibo, y nunca registro... es correcto??
Si se presentara a trabajar, debería esperar los 30 días, pasados los cuales, si el empleador no registro la relación, podría considerarse despedido por la 24013. En ese caso, esta en la msima situación que estaría hoy rechazando todo, solo que ya abono las diferencias salariales reclamadas...
Que opinan de esta estrategia???
Tengo que contestar mañana!!!
Espero sus comentarios! gracias