Estimados una preguntonta:
Cuando tengo que hacer el poder para iniciar la demanda en capital, es decir en la minuta acta poder, luego de poner contra quien tengo que demandar, una art seria mi caso, en objeto, yo puse cobro de pesos, pero en realidad seria Ds y Ps eso me afecta en algo?? tengo que hacer nuevamente el podert?? saludos y gracias
Cuando tengo que hacer el poder para iniciar la demanda en capital, es decir en la minuta acta poder, luego de poner contra quien tengo que demandar, una art seria mi caso, en objeto, yo puse cobro de pesos, pero en realidad seria Ds y Ps eso me afecta en algo?? tengo que hacer nuevamente el podert?? saludos y gracias
