Hola!
quisiera saber si es posible, después de la contestación de la demanda, que el actor desista de una parte de la misma (en el caso se trata de establecer el valor de mejoras, que por las demoras que llevaría la prueba, no resulta conveniente seguir la probatoria siendo incluso el resultado inseguro). Es en una liquidacion de la soc cgal en pcia. Si me quieren aportar algo será bienvenido. Gracias
quisiera saber si es posible, después de la contestación de la demanda, que el actor desista de una parte de la misma (en el caso se trata de establecer el valor de mejoras, que por las demoras que llevaría la prueba, no resulta conveniente seguir la probatoria siendo incluso el resultado inseguro). Es en una liquidacion de la soc cgal en pcia. Si me quieren aportar algo será bienvenido. Gracias