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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #539684  por Mostrix
 
Buenos días, tengo un régimen de visita homologado en el marco de un divorcio de presentación conjunta. Ahora me viene a ver el padre que necesita modificar ese régimen ya que como es un régimen amplio, pero que se realiza en presencia de la madre, se ha transformado en uno restricctivo porque la nena ni su mamá nunca pueden llevar adelante las visitas. Mi duda es la siguiente, debería ir a mediación previa? o puedo iniciar el incidente directamnete ya que no hay cuestión patrimonial? Muchas Gracias!
 #539685  por federic0
 
En qué jurisdicción tramitó el divorcio?
 #539706  por Mostrix
 
El divorcio tramitó en capital Federal. Saludos
 #539709  por federic0
 
Vas a tener que hacer una nueva mediación...



La ley 24.573 no excluye de la mediación obligatoria, en forma
genérica a las cuestiones de familia, sino únicamente a alguna
de ellas. Por tanto, estarán sujetas a ese trámite por ejemplo,
los juicios de alimentos, tenencia y régimen de visitas. Por
ello y aun cuando esta interpretación pudiera suscitar dudas,
cabe ponderar que lo que excluye la ley de mediación obligatoria
son "las acciones de separación personal y divorcio, nulidad de
matrimonio, filiación y patria potestad, con excepción de las
cuestiones patrimoniales derivada de éstas. Pero ello no
significa que las extrapatrimoniales queden excluidas, puesto
que la regla es la mediación previa a todo juicio (conf.
Resolución del 25/6/1996 emanada de la Presidencia de la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Civil).
CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL , CAPITAL FEDERAL
Sala H (GIARDULLI, GATZKE REINOSO DE GAUNA, KIPER.)
M., J.J. c/ M., N.S. s/ TENENCIA DE HIJOS.
SENTENCIA del 9 de Marzo de 2005