Hola, tambien soy Perito Contador, y respecto de tu situacion te comento que no estas obligada a matricularte en pcia, dado que el hecho de no estarlo no te impide llevar adelante el relevamiento en la misma.
No obstante lo cual, tene presente que al momento de aceptar el cargo, podes:
solicitar al juez que se realice por Oficio de Ley (libre exhorto a efectos de que en la juridicc en que se encuentre los libros se designe un perito para su relevamiento).
Se da este caso cuando realmente es extraña juridicion.(Ejemplo te toque relevar libros en tucuman).
Agrego que, la generalidad de los casos es que los libros estan en localidades de buenos aires(pcia) no "muy extrañas", ejemplo como V.Lopez, La matanza, etc, en esos casos tenes que estar atenta y solicitar anticipo de gastos, o en su caso solicitar reserva de hacerlo posteriormente.
Y para todos los casos podes no aceptar realizar dicha compulsa haciendo uso del cocepto de extraña juridiccion, y fundandote en por ejemplo:
a) resulta inconveniente desde el punto de vista impositivo.
dado por IIBB.
tene en cuenta que no hay remociones por tales motivos.
espero te sirva.