Estuve analizando la ciruclar 18/10 y me surge una duda con respecto a la regularidad para el caso de las pensiones. Puede ser que la regularidad no se pueda comprar (post morten) para el caso de los autónomos pero sí para el de RRDD? Porque me pareció entender que la nueva circular dice eso, pero apelo a los que saben mas a ver si lo interpretan distinto.
