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  • Traslado de la demanda

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #540335  por Perseo
 
Estimados Colegas: Acabo de iniciar un juicio laboral en provincia de Buenos Aires, del cual el tribunal a ordenado el traslado de la demanda a la contraria, mi pregunta es la siguiente, ya que en materia laboral conozco el procedimiento de Capital, el traslado por cedula (el proveido dice "Notifiquese,..") , lo hace de oficio el tribunal o debo hacerlo yo como en el proceso civil .
Desde ya Gracias
 #540554  por elnegociador
 
DEPENDE EN QUE DEPARTAMENTO ESTEES LITIGANDO, EN LOMAS DE ZAMORA LAS CEDULAS QUE SE DILIGENCIEN EN LOMAS SE ENCARGA EL TRIBUNAL DE DILIGENCIARLAS, LAS DEMAS SE DEJAN A CONFRONTE Y LUEGO LAS RETIRAS PARA DILIGENCIARLAS *desp*
 #540722  por elnegociador
 
OJO!!! LAS CEDULAS TODAS LAS TIENE QUE CONFECCIONAR EL ABOGADO, SEA QUE LA DILIGENCIE EL TRIBUNAL O NO :P
 #540727  por marujameg
 
En el depto. Judicial de Lomas, según el tribunal. Algunos dan traslado ellos directamente, confeccionando la misma cédula, otros no, por las dudas, preguntá.