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  • DUDA EMPLEADO EN NEGRO SILENCIO 30 DIAS

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #540863  por Paodiem27
 
ESTIMADOS: LES COMENTO QUE ME LLEGO EL SIGUIENTE CASO. EMPLEADO EN NEGRO "REPARTIDOR DE MOTO DELIBERY" TRABAJA LOS FIN DE SEMANA EN HORARIO NOCTURNO. LO DEJAN SIN TRABAJO VERBALMENTE. BIEN MANDE EL SIGUIENTE TCL: Trabajando a vuestras órdenes desde 01/11/2009 desempeñándome como repartidor y en ocasiones como mozo de vuestro comercio denominado “xxxx” ubicado en xxxxx de la localidad de xxxxx, y atento al impedimento de vuestra parte a cumplir con mis tareas habituales sin que medie causa que lo justifique, INTIMOLE plazo de dos (2) días desde la recepción de la presente aclare debidamente mi situación laboral, como así también abone los salarios adeudados, SAC, diferencias salariales según el convenio colectivo aplicable.
Que además ante la falta de registración de mi relación laboral les INTIMO para que en el plazo de treinta (30) días a contar desde la recepción de la presente proceda a registrar e inscribir la relación laboral que nos une con la remuneración de convenio en los Organismos pertinentes, bajo los apercibimientos de los artículos 8, 11 y 15 c.c. y s.s. de la ley Nacional de Empleo N° 24.013. En caso de negativa o silencio, me consideraré gravemente injuriado y despedido por exclusiva culpa y responsabilidad de la patronal.
Mis datos son: xxxx estado civil soltero, DNI: xxxxx domicilio real en calle xxxxx
Se le informa que se le dará cumplimiento al art. 47 de la ley 25.345 (Notificación a AFIP). Colaciónese. QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
bien verifique por correo que ya la recibio. hoy se cumplen los 30 dias...tengo pensado mandar este tcl:
ATENTO A HABER VENCIDO EN EXCESO EL PLAZO DE MI ANTERIOR INTIMACION, SIN QUE A LA FECHA USTED HAYA CONTESTADO, ES QUE VENGO A HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO CURSADO EN MI ANTERIOR EPISTOLA Y ME CONSIDERO GRAVEMENTE INJURIADO Y EN SITUACION DE DESPIDO INDIRECTO POR EXCLUSIVA CULPA Y RESPONSABILIDAD PATRONAL. INTIMO PLAZO DE 48 HORAS PROCESA A BONAR LIQUIDACION FINAL, INDEMNIZACION POR ANTIGUEDAD, INDM POR LA LNE, SAC, VACACIONES, DIFERENCIA DE HABERES Y TODO OTRO RUBRO QUE POR LEY CORRESPON DA BAJO APERCIBIMIENTO DE LA LEY 25323. QUEDA UD DEBIDAMENTE NOTIFICADO.

dudas:
1- Tengo que reclamar el cert del art 80?
2- Si no me contesta mando otro tcl nuevamente dandome por despedido y cierro intercambio?
3- Si me contesta y niega igualmente me doy por despedido?
4- Alguien sabe que CCT se aplica a los repartidores en moto o delibery en cordoba?

DESDE YA LES AGRADEZCO LAS RESPUESTAS...MUCHAS GRACIAS.
 #540908  por agentil
 
EL ART 80 LO TENES QUE RECLAMAR 30 DIAS DESPUES DE CONSIDERARTE DESPEDIDO. AHORA QUE PASO CON LAS DEMÁS INTIMACIONES QUE HICISTES EN EL 1º TELEGRAMA? PORQUE TE PODRIAS HABER CONSIDERADO DESPEDIDO MUCHO ANTES. TU CLIENTE SIGUIO TRABAJANDO LUEGO DEL 1º TEL? SI TE CONSIDERAS DESPEDIDO AHORA NO TENES QUE VOLVER A MANDAR NUEVAMENTE EL ULTIMO TEL.
SALUDOS!!
 #540962  por Paodiem27
 
Gracias por tu comentario, en realidad te comento que el primer telegrama que envie fue el que tipee arriba, ahora ya se cumplieron los 30 días y lo que quiero saber si estoy bien encaminada con el TCL que escribi debajo. Solo mande un telegrama hasta ahora.
Gracias por el comentario del certif del 80.
Te comento que mi cliente no trabaja mas en la empresa, deje pasar los 30 dias por las multas...
Ahora este segundo TCL esta bien? pero como emplazo no puedo cerrar intercambio, o tengo q mandar un tercer TCL vencido el plazo para darme por despedido y cerrar comunicacion epistolar.
Te agradezco la respuesta pero recien estoy incursionando en el derecho laboral. Muchas gracias.
 #541026  por agentil
 
Si te entendí, esta bien, pero lo que te decia es que en el 1º tel intimaste mas cosas a parte de la registración y por eso te preguntaba si nunca te contestaron nada, porque te podrias haber considerado despedido antes. En estos casos siempre tenes que poner intimo en 2 días manifieste si va a proceder a registrar.... así no tenes que esperar los 30 dias para considerarte despedido y que tambien procedan las multas.
 #541143  por MORGAN
 
El telegrama en la primer parte tiene una itimación a que aclaren situación por negativa de tareas y pago de salarios pero no tiene apercibimiento, es aconsejable ponerlo así se cuenta con más de una injuria para justificar un despido y, por ej., no esperar los 30 días.