Hola a todos, la obra social {osecac} dio de baja a la beneficiaria y negó prestaciones en pleno tratamiento por epoc.
alega que como es jubilada no puede permanecer en la obra social porque no ha aportado 5 años consecutivos a la entidad
la señora es jubilada en actividad, y está cursando una enfermedad inculpable. en marzo termino la licencia paga y le resta el año de reserva del empleo. Esta señora obtuvo su jubilación el 1 de octubre {no obstante el contrato de trabajo estaba vigente y aun lo esta}. el empleador le hacia los aportes en todo el tiempo en que pago las remuneracion por enfermedad
ella manifesto a la obra social su situación, ante lo cual la obra social la dio de baja sin aviso algunO
La ley 23.660 da derecho a permanecer
Que norma exige esa cantidad de "antiguedad" para seguir en la obra, no encuetro esta limitacion
gracias
alega que como es jubilada no puede permanecer en la obra social porque no ha aportado 5 años consecutivos a la entidad
la señora es jubilada en actividad, y está cursando una enfermedad inculpable. en marzo termino la licencia paga y le resta el año de reserva del empleo. Esta señora obtuvo su jubilación el 1 de octubre {no obstante el contrato de trabajo estaba vigente y aun lo esta}. el empleador le hacia los aportes en todo el tiempo en que pago las remuneracion por enfermedad
ella manifesto a la obra social su situación, ante lo cual la obra social la dio de baja sin aviso algunO
La ley 23.660 da derecho a permanecer
Que norma exige esa cantidad de "antiguedad" para seguir en la obra, no encuetro esta limitacion
gracias
