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  • DESPIDO POR MATRIMONIO PRUEBA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #545190  por toto562
 
Estimaos colegas:

Cada vez que me surge alguna duda conceptual, ademas de recurrir a los libros tambien me gusta consultarlos con otros abogados.
En mi estudio estoy asociado a otro abogado quien recibe un tema laboral realiza el intercambio telegrafico, y luego me encargo de la redaccion de la demanda y demas.
El tema que al ponerme a redactar la misma, haciendole preguntas al cliente, me di cuenta que lo habian despedido por causa de matrimonio ( algo que no integro el cuerpo de las notificaciones telegraficas), es decir lo despidieron 30 dias despues de su matrimonio.
Mi duda es si puedo integrar ese agravante en la demanda, o si previo debo volver a intimar por tal motivo ( teniendo en cuenta que me resta la intimacion del art 80).
Asimismo y respecto a lo dispuesto por el art 181 LCT, el trabajador gozo de la licencia por matrimonio y luego de eso trabajo 15 dias y lo despidieron.
 #545310  por toto562
 
Se considera despedido, porque le disminuyeron su jornada laboral y lo cambiaron de lugar ( ius variandi), pero en la primera contestacion, la empresa imputa sanciones disciplinarias, algo que obviamente rechazamos!
 #545332  por aguchi
 
Mmm creo que tendrías que haber hecho referencia antes.
Pero por ahí mandando otro intimando al pago de las indemnizaciones, y pidiendo esa, atento que el despdido se debió al matrimonio del trabajador, puedas enderezarlo.
Saludos!
 #545518  por TonyTa
 
coincido con aguchi...
si se considero despedido por otras causales va a ser dificil ahora enderezar por matrimonio..
 #545528  por MGABRIELALL
 
DEBERIAS ACLARAR QUE EL IUS VARIANDI QUE SEGUN TU CLIENTE EJERCIO LA EMPRESA SE DEBIO EXCLUSIVAMENTE AL MATRIMONIO Y NO A RAZONES ESTRICTAMENTE LABORALES, YA QUE DICHOS CAMBIOS SON DERECHOS/FACULTADES QUE LA EMPRESA PUEDE EJERCER VALIDAMENTE SIN QUE EN LA GENERALIDAD DE LOS CASOS PUEDA CONSIDERARSE EL TRABAJADOR INJURIADO POR ELLO, ES MAS ANTES DE CONSIDERARSE DESPEDIDO DEBE INTIMAR CESE EL EMPLEADOR CON LAS SUCESIVAS VARIACIONES (HORARIO, LUGAR DE TRABAJO, ETC) SI ÉSTAS TIENEN COMO UNICO FIN HOSTIGAR AL TRABAJADOR EN MIRAS AL DISTRACTO. EN REALIDAD NUNCA LO SANCIONARON??
 #1018973  por dracarolina3636
 
consulta: si el despido es direct e incausado con liquiedación a disposición: se debe intimar a que abonen además la indemn del 182 de estar todo acreditado?
Como?? ni bien se recibe el telegrama de despido?
Gracias!!!