El demandado vive en la Capital Federal, la actora en una provincia del interior. Tengo varias preguntas, voy por el demandado:
1) El demandado fue notificado por cédula ley de la demanda (bajo responsabilidad de la actora), pero el art. 340 del cpcc dice " la citación se hará por medio de oficio o exhorto a la autoridad judicial de la localidad en que se halle, sin perjuicio, en su caso, de lo dispuesto en la ley de trámite uniforme sobre exhortos.". ¿Puedo plantear la nulidad de la notificación?
2) Hay un convenio de alimentos vigente,tengo que chequear si se está cumpliendo, fue hecho por mediadora oficial en Capital,entonces,tal vez en lugar de que demanden a mi cliente debería plantearse un incidente de aumento de cuota en Capital, ¿será así?
3) Qué porcentaje sobre los ingresos del alimentante se establece (aproximadamente, lo usual) como cuota alimentaria? (un solo hijo)
Gracias
JV
1) El demandado fue notificado por cédula ley de la demanda (bajo responsabilidad de la actora), pero el art. 340 del cpcc dice " la citación se hará por medio de oficio o exhorto a la autoridad judicial de la localidad en que se halle, sin perjuicio, en su caso, de lo dispuesto en la ley de trámite uniforme sobre exhortos.". ¿Puedo plantear la nulidad de la notificación?
2) Hay un convenio de alimentos vigente,tengo que chequear si se está cumpliendo, fue hecho por mediadora oficial en Capital,entonces,tal vez en lugar de que demanden a mi cliente debería plantearse un incidente de aumento de cuota en Capital, ¿será así?
3) Qué porcentaje sobre los ingresos del alimentante se establece (aproximadamente, lo usual) como cuota alimentaria? (un solo hijo)
Gracias
JV
¿Será Justicia?