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  • MI HERMANO ME PUEDE DAR PODER LABORAL CNAT?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #545967  por Anibalinlaw
 
Perdón, pero me taré. Mi hermano fue despedido y la pregunta es si puedo ser su letrado apoderado? El poder sería otorgado ante la CNAT. Estimo que sí puedo ser su letrado apoderado.
La duda viene dado lo dispuesto por el art. 4 de la ley 23187 de ejecicio profesional que dice:
ARTICULO 4° – Los abogados comprendidos en las incompatibilidades del artículo anterior deberán comunicar fehacientemente –en tiempo hábil– tal circunstancia al Consejo Directivo, denunciando la causal y el lapso de su duración, de lo que se tomará debida nota en la matrícula. La omisión de la denuncia mencionada lo hará pasible de la sanción prevista en la presente ley.

No obstante, podrán actuar en causa propia o en la de su cónyuge, ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, pupilo o adoptado, así como también en las que sean inherentes a su cargo o empleo, pudiendo devengar honorarios conforme a las leyes.
Estimo que si en estas ocasiones se puede, bien se podría en el caso que planteo. Muchísimas gracias por sus opiniones.-
 #546031  por MGABRIELALL
 
EN REALIDAD LAS INCOMPAT A LAS QUE HACES REFERENCIA SON "PARA EJERCER LA PROF DE ABOGADO" EN DETERMINADOS AMBITOS DE LA JUSTICIA, Y NO PARA REPRESENTAR A... O SER APODERADO DE....
PERFECTAMENTE PODES SER APODERADA DE TU HERMANO. ES MÁS, ES MAS PARACTICO YA QUE TE MANEJAS SOLA. SUERTE!!!