Estoy en Prov. Bs.As (Lomas)Como debo notificar al demandado, cuando este vive en La Pampa ? Es mi primera vez que me pasa.... pense en cordigonte... pero no va a venir a la audiencia del 835.... Es un juicio de Alimentos y Tenencia. Una ayudita por favor....
USTED DEBE NOTIFICAR LA DEMANDA POR CEDULA LEY.
PARA EL CASO DE QUE FUERA UNA RESOLUCION, POR EJEMPLO CITACION A AUDIENCIA, A FIN DE ACELERAR LOS TIEMPOS Y, MUCHAS VECES ABARATAR COSTOS, PUEDE PEDIR LA NOTIFICACION POR CARTA DOCUMENTO.
ESPERO LE SIRVA.
SALUDOS