Hola gente, en el caso de un docente de inst. privado que fue intimado mediante carta documento a que inicie sus tramites jubilatorios, tengo entendido que tras haber pasado el año cesa la relaciòn laboral sin pago de indemnizaciòn no? Para que suceda eso es necesario al año volverle a mandar otra carta documento comunicandole la recisión? Tienen modelo de una CD que contenga dicha comunicaciòn? Gracias
