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  • FALELCIO EN EL EXTRANJERO Y LE AGREGARON APELLIDO

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #537740  por elfiscaldelacausa
 
Hola, tengo una pensiòn que el Sr. falleciò en Bolivia y en el acta de defuncion le puisieron el apellido materno cuando lo inscribieron cuando en su acta de nacimiento y documento argentino solo figura el paterno, en principio me dijeron que con el acta de matrimonio lo podia acredita pero luego me dijeron que tenia que inicira un reconiocimiento de persona a nivel judicial.ahhh un dato importante el tr'amite es para el hijo discapacitado . Gracias.!!!!!
 #537796  por celiaEsc
 
Hola sobre el reconocimiento de persona, ¿te están solicitando que hagas un auto de identidad de persona solamente? porque lo puedes iniciar judicialmente como cautelar, invocando la ""tutela procesal diferenciada de las personas con discapacidad". invocá las leyes que protegen al discapacitado: Y argentina RATIFICÓ:
1) convención interamericana de eliminacion de todas las formas de Discrininación contra las personas con Discapacidad. Ley 25280, 2) Convención sobre Los derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo ley 26378, pero al ser ratificado, no se puede invocar derecho interno para incumpir estos pactos, por el contrario se comprometieron a ADECUAR LAS NORMAS Y PROCEDIMIENTOS INTERNOS DEL PAIS A ESA CONVENCION, aunque no se encuentren incluídos en el 75 inc 22.
la administración y la justicia, deben darle a estos casos un tratamiento especial. no sólo por el CARACTER ALIMENTARIO, sino por la """tutela procesal diferenciada que se merecen las personas con discapacidad"".
buscá el art. 13.2 acceso efectivo a la justicia: a fin de asegurar que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a la justicia, los estados partes, promoveran la capacitación adecuada de los que trabajan en la administración de justicia, incluido el personal policial y penitenciario.. sI ES SOLAMENTE UN AUTO DE IDENTIDAD, debería salir en forma expedita, de ese modo. ¿o existe en ANSES, la posibilidad de demostrar la identidad de otra forma más rápida aún ? saludos
 #537902  por celiaEsc
 
Hola: lo que pasa es que pedir un auto de identidad de persona, significaría que debe presentar pruebas y hacerlo ante un juez. y un trámite normal le puede hacer perder al incapaz 3 meses para hacer el auto de identidad, más si presenta testimoniales y los citan al juzgado a absolver posiciones... ¿y si se lo deniegan? o ¿si le exigen que rectifique la partida de defunción en Bolivia? tiene que librar oficios al Reg. Civil de ese país.. testigos, ¿algún familiar va a tener que viajar a rectificarla o encargar el trámite a un gestor o abogado si el trámite de rectificación es judicial?
En las sucesiones se pone el apellido materno, no es que le agregaron un apellido disparatado, simplemente en Bolivia, siguieron las costumbres del país, es algo muy simple el apellido de su madre.
Noelín: los nuevos derechos como los que protegen a los discapacitados, por ej. en el acceso a la justicia, pueden presentarse como un proceso autónomo, y pensé en ese tipo de tutelas, ya que si no hay una sucesión, hacer un auto de identidad, y correr el riesgo que se lo rechacen, porque pueden obligr a rectificar la partida como paso previo, eso es perder mucho tiempo, y dinero para el discapacitado. En esa clase de acciones, el juez posee facultades excepcionales, y puede acelerar el proceso concentrando actos a fin de disminuir el tiempo que tardaría un proceso común..
siempre hay que acreditar URGENCIA, y la urgencia en este caso estaría dada por el hecho que el discapacitado, hasta que no presente el auto de identidad, no puede iniciar ni cobrar. Este es uno de los casos en los cuales debería facilitarse el acceso al beneficio, aunque sea en forma preventiva, para evitarle el desamparo. Presentalo cuanto antes. TE PASO UN MP. Saludos.
 #537938  por celiaEsc
 
Gracias ; el problema es que me parece que el juez le puede exigir la rectificación de la partida de defunción en Bolivia... y eso atrasaría las cosas.
¿alguna vez a alguien le aceptaron una identidad de persona , sin rectificar la partida que estaba mal? seguramente que no.. Porque por más que presente las actas, y cuente dónde estuvo el error, y presente testimoniales, que absuelvan, si no se rectifica la partida, no es un acto perfecto. Creo que deberías comenzar por rectificar la partida en Bolivia.. va a atardar mucho..
¿cómo es posible que no se pueda hacer administrativamente ?? saludos
 #538302  por mmmm
 
Tengan en cuenta lo siguiente: Argentina es uno de los pocos paises en que se omite, salvo expresa declaracion, el apellido materno, entonces porque no presentas un buen escrito en anses (bajo insistencia si es necesario) con los argumentos de Celia y agregando este detallito que somos, el único pais, de habla hispana en donde no se acostumbra el uso del apellido materno, acompaña la partida de nacimiento, si la partida de defuncion tiene todos los sellos correspondientes, tiene que darse por verdad que jose perez gomez, de doc tal, nacido tal dia, hijo de tal y cual, es el mismo jose perez, q de la partida de nacimiento,
espero haber aportado, no le hagas caso a todo lo que te digan que hagas, porque no le pedis en normativa que expresa tales pedidos
Sino que te lo expresen por escrito, y lo envias a la carss, o un lindo recursito de amparo denunciando abandono de persona
 #538936  por celiaEsc
 
Hola a todos: el problema es que te lo pueden denegar porque de toda la normativa y el sistema que se ha creado para acreditar los datos personales, su funcionamiento, las previsiones que los empleados deben tener y las recomendacines sobre los items que tienen que contemplar al realizar ADP, o verficaciones ambientales, entre otras cosas, por ejemplo, surge que debe existir una identidad de personas.
los antecedentes están a nombre de uno y la partida tiene un apellido más, normalmente agregado en todos los países, como bien dice el colega preopinante, y todos sabemos de quien se trata, pero lo tiene al apellido, y eso ataca a la identidad de la persona, que es fundamental, puede intentar por el medio de protestar pero seguramente lo van a obligar a realizar la rectificación del apellido, porque uno de los principios de ANSES es que "debe haber certeza en la procedencia de la solicitud."
¿cómo le van a relacionar la historia laboral?
El ADP, se hace para eso, y el causante figura de una manera, Y NO van a coincidir los apellidos.
Podés intentar el inicio, invocando todo lo que te dijo mmmm, que es un aporte excelente, pero si en ANSES te dicen que no, yo no recurriría.
Porque en ANSES te van a contestar:
-que hay que respetar la ley 19549, te van a decir que lesionaria la presunción de legitimidad de los actos administrativos ,
-que justamente radican en la presunción de validez de la documental presentada,
-que la administración no puede dar fe de algo que no es.
y ahí es cuando, tienes que valorar si te conviene recurrir en instancia administrativa y perder como poco porque es discapacitado 3 meses, y luego te envíen a hacer el auto de identidad en forma judicial..
Si te lo deniegan en el turno y en la insistencia, te recomendaría que no insistas, y envíes, así más o menos como te pasé el "modelo de solicitud de auto de identidad a un juez", pero solicitándolo como una cautelar en razón de la tutela que merece el discapacitado, y en razón del carácter alimentario y aclarando, que él solicitante no va a poder iniciar la pensión en tanto no tenga ese auto. El juez provee que se haga, y luego te ordena, si lo cree necesario a que realices la rectificación de la partida en Bolivia,
El judicial, en este caso, es un trámite expedito, que puede salir en 10 días.
Es una decisión complicada, porque, como te dije, si no fuera discapacitado, primero deberías comenzar por
-la rectificación de la partida, luego por el juez y luego presentarlo a la ANSES.
En este caso, me parece, muy injusto, porque es algo obvio, y porque sería como priorizar el formalismo y avasallar los derechos de un discapacitado, que merece tutela inmediata en cuestión de alimentos. Lo puedes intentar y ojalá alguien en la administración se de cuenta que es una cuestión de derechos humanos, que debe salir con carácter de urgente. Saludos
 #554340  por elfiscaldelacausa
 
Hola Celia , te cuento que me acreditaron los datsos de la pension con apellido materno , fallecido en Bolivia. Estoy màs que contento. Ahora el tema es el ingreso de la misma. El hijo discapaictado cobra una pension por discapacidda, pero queremos darle la pensiòn del padre ya que es un monto màs importante. Te pregunto que documentacion necesito llevar, debo daar la baja de la otra que èl discapacitado percibe..? la madre que es divorciada del fallecido es la curadora del discapacitado. Gracias por tu ayuda..!!! Saludos
 #554649  por fabidoc
 
Fiscal, me interesa saber cómo lo resolviste. Ya sé que te lo permitieron pero cómo y con qué?. Gracias.