Hola a todos. Pienso presentar un amparo contra ARBA ya que mi hermano es excombatiente y, como es casado, lo eximen al 50% del pago del impuesto inmobiliario en lugar de al 100% (ya que, según dicen, su esposa NO estuvo en Malvinas). Quería saber si puedo presentar el amparo sólo en Provincia, según el domicilio de mi hermano (vive en Vte. López), o puedo hacerlo en los tribunales de CABA, los que considero más rápidos que los de Pcia., habida cuenta que ARBA tiene domicilio legal en CABA también. ¿Qué les parece y qué me recomiendan?
¿Se dan las condiciones del amparo? ¿Existe un perjuicio inminente de tal naturaleza que de seguirse el trámite ordinario resulte insubsanable? ¿Se mantiene la vía ordinaria...? si quedó firme también habría quedado firme para ampararse.
Si mal no recuerdo, es competente el juez del lugar del órgano que dictó la medida que no es ARBA sino la dependencia zonal de ARBA que la emite.
Supongo que en administrativo tendrían que darte una opinión mas amplia del tema.
Saludos.