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  • DIVORCIO: EMBARGO

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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #557708  por agentil
 
Hola colegas les queria consultar un caso que tengo: es un embargo que pedi de un plazo fijo que me hicieron lugar. Ahora la demandada se presenta diciendo de que el plazo fijo siempre estuvoa su nombre desde el año 2006 hasta la fecha, cosa que es cierta y que nunca dije lo contrario pero mi fundamento fue que mi cliente estuvo en concubinato 2 años con la demadada ahorrando en la cuenta de ella y luego se casaron, o sea, que tengo que probar la sociedad de hecho. Se puede pedir que se abra a prueba en una medida cautelar? Nose donde estoy parado procesalmente, no se que puedo y no puedo pedir en esta etapa. El juez ahora libro oficio al banco para que informe de quiene es la cuenta y todo eso, obvio que esta a nombre de ella pero yo quiero hacer incapie en la sociedad de hecho y no ofrecí demasiada prueba porque como es una cautelar pense que no hacia falta tanta para demostrar la verocimilitud del derecho, en el divorcio sí ofrecí mucha mas prueba para probar esto que les digo! Tramita en san martin. Alguien tiene jurisprudencia sobre bienes propios y gananciales de un plazo fijo? o algun libro que me digan que profundice el tema así lo leo. muchas gracias a los que me puedan ayudar, estoy preocupado!!
 #557731  por cdiriarte
 
Hola agentil, si te incidentaron el expediente en donde tramita la medida cautelar, es posible que el juez ordene la apertura a prueba del mismo. De todas maneras tenés razón cuando expresás que a la prueba del derecho de tu parte la ofreciste en el principal, por lo tanto ante la eventualidad de que se pretenda distorsionar la realidad mediante argumentos dilatorios, tenés siempre la posibilidad de probar tus alegaciones tanto en el embargo, teniendo en cuenta que la resolución de una medida de ésa naturaleza hace un análisis apriori del derecho aludido por la parte requirente, pues todas las cuestiones sobre el fondo del asunto y el derecho de cada parte se determinará en la sentencia definitiva del juicio principal, como en éste último. Saludos.
 #557759  por agentil
 
Si entiendo pero el tema es que si me levantan el embargo la demandada se puede gastar la plata y despues si yo prueba que habia una sociedad de hecho ya no habrá nada de plata para mi cliente. Encima no ofrecí mucha prueba en la medida cautelar porque solo ofrecí prueba como para demostrar la verosimilitud del derecho y ahora parece que me es poca para probar todo lo que digo, saludos!!
 #557761  por agentil
 
me olvide de decirte que sí es incidente, vos pensas que van a mantener el embargo dado lo que te explique de las pruebas de la soc de hecho las voy a producir en el principal? gracias x tu aporte!!
 #557765  por cdiriarte
 
Hola agentil. de acuerdo a cierta jurisprudencia, "para la viabilidad de la modificación debe mediar un cambio en las circunstancias de hecho y de derecho que no pudieron tenerse en cuenta al decretarlas. Habiendo precluido la vía recursiva (Art. 198 párr. 3), el pedido de levantamiento o modificación es inadmisible si no se demuestra que variaron las circunstancias que motivaron el decreto de cautela. Mientras se mantenga la situación fáctica la medida mantiene su eficacia". Saludos.
 #557797  por agentil
 
Lo que cambio fue que la demandada presento un comprobante del bco que dice que ella es y fue siempre la unica titular del plazo fijo desde el año 2006 y con mi cliente se caso en 2008, cosa que yo nunca negue, pasa que las pruebas de sociedad de hecho que formaban cuando vivian juntos como novios las voy a producir en el principal (como te contaba, y más a mi favor también que luego de vivir 1 año en concubinato se casaron. gracias x ayudarme, me alivia un poco lo que me contas, saludos muchas gracias!!