Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Lavada de manos.

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #560301  por jgabrielm
 
Estimados amigos:

Se me presenta un caso en el cual mi cliente hace 5 años que asegura su vehiculo en la compañia "X" con renovacion automatica de poliza a su vencimiento (esto ademas esta aclarado en la poliza).
Resulta que su ultima poliza vencio en setiembre de 2009, en octubre protagoniza un siniestro, y se desayuna que esta sin seguro, ya que su poliza no fue renovada como se establecia.
La argumentacion de la compañia es que mi cliente habia contratado ese seguro en un banco (hace 5 años atras), y que dicho banco no renovo su convenio con esta aseguradora sino con otra, y por eso no renovaron la poliza. Le informan por carta documento que ellos ya no tienen nada que ver , que las notificaciones del cambio estaban a cargo de la nueva aseguradora, que ellos no saben nada, y le "recomiendan" que reclame al banco y a la nueva aseguradora. Obviamente el banco y la nueva seguradora no tienen nigun inconveniente en asegurarlo nuevamente , pero a partir de la fecha de hoy...
Yo por una cuestion de sentido comun entiendo que dicha recision de contrato entre banco y aseguradora no es oponible ante los terceros ajenos al acto, siendo que mi cliente nunca fue notificado de nada, pero sinceramente no se en que texto legal fundar mis dichos, ni si estoy en lo correcto.
Les ruego si por favor me pueden orientar.

Saludos y gracias.

Gabriel.

Gabriel.
 #560304  por DoctorPiccafeces
 
¿El seguro de tu cliente es uno de carácter "colectivo", común entre deudores prendarios, en el cual es el Banco el que paga la póliza al asegurador y, a su vez, tu cliente paga mes a mes la cuota de su adeudo mas el seguro?
 #560339  por jgabrielm
 
No es el caso del seguro incluido en la cuota del credito prendario.
Contrató el seguro en banco Nacion, por esa nueva costumbre que hoy los bancos tambien venden seguros. Pero siempre las polizas eran emitidas por la aseguradora y mi cliente abonaba la prima mensualmente por debito automatico.
 #560358  por DoctorPiccafeces
 
Si no le han debitado la prima de ese mes, no veo que tenga mucha base para el reclamo.

Estimo que tu cliente debió haber reclamado al ver que a los inicios del mes de Octubre no le habían debitado el seguro ya que, mas allá de la renovación automática pactada, es carga del interesado el pagar la cobertura y la eventual omisión de la entidad aseguradora de renovar la póliza en forma automática -que te habilitaría a vos a reclamarle- se saneó cuando tu cliente dejó pasar Octubre -o los días de Octubre hasta el siniestro- sin el pago.

Como el seguro se paga por adelantado, y tu cliente no puede acreditar el pago, o el reclamo del débito inexistente, estimo que eso te juega en contra.

Pienso que quizá podrías citar a la entidad bancaria que negoció el seguro hace cinco años y plantearles algo sobre la base de la ley de defensa del consumidor, que tiene una tesis amplia en favor del consumidor, al no haber notificado en forma fehaciente al asegurado del cambio de compañía podés hacer pivot en que de ello derivó desconocimiento de la novación por parte de tu cliente y de ahí el impago y ver que respuesta obtenés.

Exitos en la gestión, doc
 #560359  por DoctorPiccafeces
 
Si no le han debitado la prima de ese mes, no veo que tenga mucha base para el reclamo.

Estimo que tu cliente debió haber reclamado al ver que a los inicios del mes de Octubre no le habían debitado el seguro ya que, mas allá de la renovación automática pactada, es carga del interesado el pagar la cobertura y la eventual omisión de la entidad aseguradora de renovar la póliza en forma automática -que te habilitaría a vos a reclamarle- se saneó cuando tu cliente dejó pasar Octubre -o los días de Octubre hasta el siniestro- sin el pago.

Como el seguro se paga por adelantado, y tu cliente no puede acreditar el pago, o el reclamo del débito inexistente, estimo que eso te juega en contra.

Pienso que quizá podrías citar a la entidad bancaria que negoció el seguro hace cinco años y plantearles algo sobre la base de la ley de defensa del consumidor, que tiene una tesis amplia en favor del consumidor, al no haber notificado en forma fehaciente al asegurado del cambio de compañía podés hacer pivot en que de ello derivó desconocimiento de la novación por parte de tu cliente y de ahí el impago y ver que respuesta obtenés.

Exitos en la gestión, doc