Hola !
Dejo una consulta respecto de una situacion que se me esta presentando.
A principios de mes , llegamos a un acuerdo por Ministerio de trabajo de una indemnizacion entre empleador y empleado (mi parte).
El pago de la misma se realizaria en 2 cuotas , la primera de ellas sería efectuada por deposito para retirar el proximo lunes 7 de junio.
En el dia de ayer se comunica la letrada de la contraria y me expone q su cliente habia perdido el acta del acuerdo y que no le permitieron
hacer el deposito y que ademas iba a estar de viaje estos dias por lo cual haria el deposito recien lunes o martes de la proxima semana.
Obviamente ,esta situacion me es bastante incomoda para transmitir a mi cliente ya que hay un acuerdo desde hace 1 mes que la otra parte estaria incumpliendo !
CONSULTAS :
1ro) me resulta bastante extraño q no le permintieran hacer el deposito como me manifesto.Puede ser cierto ?
2do) Se podria establecer un horario comun a efectos de q una persona enviada por el empleador cumpla con el pago y el ministerio le extienda
un certificado de pago ?
3ero) Como me conviene proceder ? que pasa si no paga ?
desde ya...muchismas gracias
Dejo una consulta respecto de una situacion que se me esta presentando.
A principios de mes , llegamos a un acuerdo por Ministerio de trabajo de una indemnizacion entre empleador y empleado (mi parte).
El pago de la misma se realizaria en 2 cuotas , la primera de ellas sería efectuada por deposito para retirar el proximo lunes 7 de junio.
En el dia de ayer se comunica la letrada de la contraria y me expone q su cliente habia perdido el acta del acuerdo y que no le permitieron
hacer el deposito y que ademas iba a estar de viaje estos dias por lo cual haria el deposito recien lunes o martes de la proxima semana.
Obviamente ,esta situacion me es bastante incomoda para transmitir a mi cliente ya que hay un acuerdo desde hace 1 mes que la otra parte estaria incumpliendo !
CONSULTAS :
1ro) me resulta bastante extraño q no le permintieran hacer el deposito como me manifesto.Puede ser cierto ?
2do) Se podria establecer un horario comun a efectos de q una persona enviada por el empleador cumpla con el pago y el ministerio le extienda
un certificado de pago ?
3ero) Como me conviene proceder ? que pasa si no paga ?
desde ya...muchismas gracias
